Pablo Gonzalez

Nicaragua: “chanchullo” de Carlos fernando Chamorro Barrios con dinero de donantes



La imagen que proyecta ante las cámaras el periodista Carlos Fernando Chamorro Barrios es la de un hombre al que no se le escapa fácilmente ni un solo detalle.

Y algo hay de eso. Nada más que esa acuciosidad la utiliza en mayor manera para su beneficio personal y para obtener jugosas ganancias con los proyectos mediáticos, donde hábilmente encuentra la forma para quedarse con casi todo el pastel económico de la generosa ayuda, estimada en centenares de miles de dólares anuales que recibe del exterior por medio de su ONG, denominada Centro de Investigación de la Comunicación, CINCO.

Leyendo la documentación que nos fue filtrada, sorprende la habilidad de éste señor -que todos los días y a cada momento predica en contra de la corrupción y de los malos manejos públicos- para encontrar formas de auto contratar sus empresas, pero más sorprende la voracidad y la avaricia de llenar sus bolsillos con el dinero de la cooperación extranjera.

 Es como una sanguijuela.

Norori es su testaferro

Resulta que Carlos Fernando Chamorro, director y propietario de varios medios de comunicación como CONFIDENCIAL, Esta Noche y Esta Semana; así como de la ONG Centro de Investigación de la Comunicación, CINCO, es además propietario de la empresa Inversiones Multimedia S,A, INVERMEDIA, y de otra empresa denominada PROMEDIA, que tiene sus oficinas en Planes de Altamira, Managua.

Pues, este señor firmó un contrato con su propia empresa, Inversiones Multimedia S,A, INVERMEDIA, utilizando como representante a uno de sus empleados, Hugo Ramón Norori González, para compartir los gastos de la oficina que ocupa en el reparto capitalino Planes de Altamira.

Hasta la caja chica

“El objeto de este convenio consiste en regular la forma de pago y plazo convenidos por ambas partes para la contribución a los gastos comunes –consistentes en seguridad interna, personal de apoyo administrativo (recepcionista, conserje), servicio de agua potable y alcantarillado, servicio de energía eléctrica, servicio telefónico y gastos menores (caja chica) de las oficinas pertenecientes al licenciado Carlos Fernando Chamorro Barrios”, dice parte del convenio.

El convenio establece que Inversiones Multimedia S.A, Sociedad Anónima en su carácter de Arrendataria contribuirá al pago de los gastos comunes antes indicados en las siguientes proporciones:

 a) el 25% de las facturas por servicios de seguridad interna;

 b) el 20% para el pago de Recepcionista;;

 c) el 25% para el pago de Conserje;

 d) el 25% de la factura por servicios de agua potable y alcantarillado; 

 e) el 20% de la factura por servicios de energía eléctrica;

 f) el 11% de la factura por servicios telefónicos; y

 g) el 25% de gastos menores (caja chica).


PROMEDIA es la que cobra

En el convenio se especifica que los pagos y gastos descritos anteriormente serán asumidos proporcionalmente por las empresas que ocupan el edificio perteneciente a Carlos Fernando Chamorro Barrios, quien designó a PROMEDIA, otra de sus empresas, para su recolección, la que al final de cada mes informará a las otras empresas, el monto total de los mismos mediante notas de cobro con la parte proporcional que a cada quien corresponda.

“El Impuesto al Valor Agregado contenido en las facturas soportes, será acreditado por PROMEDIA a favor de quien se extienden dichas facturas”, expresa el documento.

¿Quién regula esto?

Ante semejantes elementos probatorios, surge la pregunta ¿quién regula el accionar de los Organismos No Gubernamentales, ONG?

 ¿Qué autoridad moral tiene el periodista Carlos Fernando Chamorro para fiscalizar la gestión pública y empresarial si él no es más que otro corrupto?

Quizás, algún día, las Organizaciones No Gubernamentales se dediquen a trabajar en favor del pueblo nicaragüense y sus directores no miren la cooperación externa como una fuente de enriquecimiento.

Este es el insólito contrato:

CONVENIO PARA LA CONTRIBUCIÓN A GASTOS COMUNES DEL EDIFICIO

Nosotros, Carlos Fernando Chamorro Barrios, mayor de edad, casado, periodista de este domicilio, identificado con cédula número cero, cero, uno, guión, cero, uno, cero, tres, cinco, seis, guión, cero, cero, cero, cinco, Q (001-010356-0005Q), quien actúa en su propio nombre e interés, y Hugo Ramón Norori González, casado, administrador y de este domicilio, identificada con cedula numero cero cero uno guión cero siete cero siete seis cinco guión cero cero cinco cuatro J(001-070765-0054J), quien actúa en nombre y representación de Inversiones Multimedia S.A (INVERMEDIA)hemos acordado en celebrar el presente CONVENIO PARA LA CONTRIBUCIÓN A LOS GASTOS COMUNES DEL EDIFICIO que se regirá por las cláusulas especiales contenidas en el mismo:

I

OBJETO DEL CONVENIO

El objeto de este convenio consiste en regular la forma de pago y plazo convenidos por ambas partes para la contribución a los gastos comunes –consistentes en seguridad interna, personal de apoyo administrativo (recepcionista, conserje), servicio de agua potable y alcantarillado, servicio de energía eléctrica, servicio telefónico y gastos menores (caja chica) de las oficinas pertenecientes al licenciado Carlos Fernando Chamorro Barrios ubicadas en Planes de Altamira de esta ciudad capital, con un área de ochocientas veintisiete, punto ochenta y cinco varas cuadradas (827.85 vrs.²), inscrito bajo el número sesenta y ocho mil ciento veintitrés (No. 68,123), tomo un mil ciento cuarenta y cinco (1,145), folio doscientos noventa y uno (291), asiento sexto (6º), de la Columna de Inscripciones, Sección de Derechos Reales, Libro de Propiedades del Registro Público de Managua.

El propietario y la empresa acuerdan que Inversiones Multimedia S.A, Sociedad Anónima en su carácter de Arrendataria contribuirá al pago de los gastos comunes antes indicados en las siguientes proporciones: 

a) el 25% de las facturas por servicios de seguridad interna;

 b) el 20% para el pago de Recepcionista;;

 c) el 25% para el pago de Conserje; 

d) el 25% de la factura por servicios de agua potable y alcantarillado; 

 e) el 20% de la factura por servicios de energía eléctrica;

 f) el 11% de la factura por servicios telefónicos (No incluye las llamadas de celulares e internacionales); y

 g) el 25% de gastos menores (caja chica)

II

DURACION

Este contrato tendrá una duración de un año prorrogable por acuerdo entre las partes, sin necesidad de suscribir un nuevo documento. El plazo comenzará a contarse a partir del día 1 de Noviembre del año 2004, siendo su vencimiento el día 30 de Octubre del año 2005.

III

PLAZO, VALOR Y FORMA DE REEMBOLSO DE LOS GASTOS

Los pagos y gastos descritos anteriormente serán asumidos proporcionalmente por las empresas que ocupan el edificio perteneciente al licenciado Carlos Fernando Chamorro Barrios quien ha designado a PROMEDIA para su recolección, la que al final de cada mes informará a las otras empresas, el monto total de los mismos mediante notas de cobro con la parte proporcional que a cada quien corresponda. El Impuesto al Valor Agregado contenido en las facturas soportes, será acreditado por PROMEDIA a favor de quien se extienden dichas facturas.

En fe de lo anterior, el presente convenio es firmado en dos ejemplares igualmente válidos, en la ciudad de Managua a los 1 días del mes de Noviembre del año 2004.
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Carlos Fernando Chamorro Barrios Inversiones Mutimedias S.A

INVERMEDIA S.A


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