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¿Quiénes son los/as prisioneros* políticos colombianos?


En Colombia sí existen prisioneros/as políticos (*). En el actual contexto de conversaciones de paz del gobierno con la guerrilla de las FARC – EP y ante el eventual inicio de conversaciones con el Ejército de Liberación Nacional – ELN, su reconocimiento es una necesidad imperiosa, pues no se entendería que se llegara a un acuerdo de cierre del conflicto y los miles de prisioneros/as políticos quedaran tras las rejas y menos que quienes fueron injustamente condenados -los condenados inocentes- no tuvieran la posibilidad de la revisión de sus casos y de esta forma, de una reparación, así sea tardía.

La cruenta y larga data del conflicto interno armado colombiano ha hecho que la naturaleza de quiénes se encuentran hoy en las cárceles como prisioneros/as políticos sea cada vez más compleja.

No se trata exclusivamente de aquellos hombres y mujeres combatientes miembros de las insurgencias a quienes el derecho internacional define como prisioneros de guerra, sino que hoy la gran mayoría de los prisioneros/as políticos colombianos son población no combatiente, presos/as políticos de conciencia y presos/as políticos en razón del conflicto interno armado.

 Estos últimos pertenecen a la oposición política no armada, son defensoras y defensores de derechos humanos, pensadores/as críticos, o hacen parte de los movimientos sociales, de los sindicatos, del movimiento estudiantil, de las organizaciones campesinas, indígenas, de las negritudes, etc.

Esta es una trágica realidad que entre otras se explica claramente por una política de desnaturalizar el delito político y convertir el universal derecho a la rebelión en un delito, el cual es usado como arma para perseguir a quienes se encuentran en la oposición, bien sea armada o legal. 

Por esta vía, miles de prisioneros/as políticos ni siquiera están siendo judicializados o condenados por delitos políticos propiamente dichos, como la rebelión, sedición y asonada y sus delitos conexos, tal como establece el sistema penal colombiano, sino que les son imputados cargos que se salen de la órbita del delito político, de manera independiente, hablamos de delitos comunes graves como el terrorismo, el secuestro, el desplazamiento forzado, el reclutamiento forzado de menores, el narcotráfico, etc. Incluso, por la fraudulenta imputación de éste último delito, el del narcotráfico, algunos prisioneros/as políticos han terminado extraditados hacia Estados Unidos, aunque que la Constitución Política colombiana prohíbe la extradición por delitos políticos.

De esta forma, asistimos a un panorama en el que gravemente estudiantes y académicos son mostrados como terroristas; líderes sindicales como financiadores del terrorismo y un sinnúmero de campesinos/as y luchadores sociales como narcotraficantes. 

Pero también están los cientos de prisioneros políticos de guerra, muchos de ellos con graves mutilaciones sufridas en el momento de su captura en combate, o enfermos terminales, que bien merecerían un trato acorde al Derecho Internacional Humanitario. 

Unos /as y otros/as afrontando larguísimos procesos y condenas en condiciones inhumanas. 

De las mujeres presas políticas varias son madres, hayan sido combatientes o no combatientes, varias además son madres cabeza de familia, lo que tiene una especial implicación casi siempre ignorada, y muchas comparten el presidio con sus menores de 3 años. 

Para ellas, el sistema penitenciario y carcelario y el aparato judicial funcionan en masculino, pues una justicia diferencial y de género, pese a las varias leyes conquistadas por mujeres para las mujeres, es en la práctica inexistente.

No todos los prisioneros/as políticos se encuentran en privación de la libertad intramural, algunos/as pocos se encuentran en detención domiciliaria u otros en o prisión domiciliaria, y aunque sustancialmente se mejoran sus condiciones comparadas a las que se viven de las degradantes prisiones colombianas, las deficiencias y perversiones del sistema judicial permanecen.

Pero también están los ex prisioneros/as políticos que se encuentran en libertades parciales: libertades por vencimiento de términos, libertades provisionales, y libertades condicionales, quienes en esta condición sufren el acoso, la estigmatización, la persecución, la obstaculización de beneficios judiciales adquiridos y falta de oportunidades para reconstruir sus vidas.

Pero también es necesario entender que, especialmente en el caso de los prisioneros/as políticos, las condenas no se limitan a la privación física de la libertad, sino que se les imponen penas accesorias, como la destitución de cargos públicos o inhabilidades para ejercer este tipo de cargos, por vía administrativa y la exigencia de pagos de onerosas multas fiscales, que usualmente son cobradas por una “unidad de víctimas”, que los/as convierte así, en victimarios.

Todo esto soportado por un aparato judicial que aplica el derecho penal del enemigo para sus opositores y una sociedad carcelera como resultado, entre otras, de la manipulación de los grandes los medios oficiales. Resultan de esta manera siendo funcionales a unos legisladores que sancionan leyes más punitivas y nuevos tipos penales, por una parte, y que justifican la negación de facto de principios básicos en el ejercicio de la justicia como el debido proceso, la presunción de inocencia, la defensa técnica, etc., por la otra. Todo esto en su conjunto hace más gravosa la situación de los miles de prisioneros/as políticos colombianos.

Como si este panorama no fuera lo suficientemente difícil, y como consecuencia de todo lo anterior, no existe hasta el momento, un censo, lo suficientemente veraz, de cuántos son los prisioneros/as políticos -de conciencia y de guerra-.

 Las instituciones basan sus censos casi que únicamente en quienes están siendo procesados por el delito de rebelión. 

Entre las organizaciones defensoras de prisioneros/as políticos y los mismos prisioneros/as políticos tampoco hay un consenso en torno a cuántos son realmente.

 Existen algunos censos parciales, por tipo de organización política o social, pero no existe un censo unificado nacional de todos/as los prisioneros/as políticos. 

Algunas organizaciones hablan de unos 4.500 prisioneros/as políticos, entre combatientes y población civil, y otros de alrededor de unos 9.500. Las FARC – EP, en la vocería de Iván Márquez, han sostenido que del total de prisioneros/as políticos, aproximadamente un 90% son población no combatiente o presos/as de conciencia, es decir, que los/as prisioneros/as políticos de guerra sumarían un 10% del gran total.

Es por esto tan importante, que en el marco de un acuerdo de justicia en lo relativo a la situación de los prisioneros/as políticos, exista un censo e informe de la situación de los prisioneros/as políticos lo suficientemente riguroso, lo suficientemente incluyente, como para ningún prisionero/a político y/o ex prisioneros/a político que se considere injustamente condenado, quede por fuera de las alternativas planteadas en un acuerdo de justicia entre las partes, llámense indultos, amnistías, revisión o las que llegaren a aprobarse.

Esa es una tarea urgente y requiere de un gran esfuerzo de construcción colectiva.

Un buen cierre del conflicto exige no sólo que los prisioneros/as políticos que han sido combatientes y los colaboradores de las insurgencias puedan recuperar su libertad, sino que, y especialmente, los miles de prisioneros/as políticos de conciencia y por razón del conflicto también puedan hacerlo.

 La sociedad en su conjunto debe además disponerse para recibirlos/as de manera constructiva y positiva en un escenario que se plantea la construcción de una Colombia en paz, incluyente y abierta al debate y la diferencia.

Nota:

(*) Para efectos de este artículo hablamos de prisioneros/as políticos para definir toda la amplia gama de personas privadas de la libertad por motivaciones políticas por su pensamiento o acción legal o alzada en armas, bien sean procesados o condenados.

Liliany Obando. Socióloga, defensora de derechos humanos, exprisionera política.

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