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El presidente Solís, ¿hará de Costa Rica un Estado laico?


JUAN ANTONIO AGUILERA MOCHON – El flamante presidente de Costa Rica, Luis Guillermo Solís, afirmó, el pasado 7 de abril, que “el Gobierno de la República debe caminar hacia el Estado laico”. 

¡Magnífico!, pero ¿qué entiende el presidente Solís por un Estado laico? Para respondernos, atendamos a otras declaraciones y actos del nuevo presidente.

Cuando anunció que participaría en un “encuentro ecuménico” el día 7, dijo que eso “representa ese respeto de su administración a las distintas espiritualidades”.

 Este encuentro, al que asistió, por invitación de la Iglesia anglicana, junto a sus dos vicepresidentes y al jefe de su campaña electoral (un obispo luterano), se celebró en el templo del Buen Pastor, y constituyó un acto religioso.

 ¡Fue a la salida de ese acto religioso cuando dijo lo de caminar hacia el Estado laico!

 Y lo remató añadiendo que espera que un “talante plural sea el que impere en una Costa Rica que se sabe respetuosa de esas sensibilidades espirituales y deseosa de que Dios oriente la vida del país”.

 También ha hablado el presidente de “un Estado laico con respeto a todas las religiones”. Hum, cualquiera diría que las “sensibilidades espirituales” que respeta son sólo aquellas que creen en Dios, y que además desean que ese “Dios oriente la vida del país”. 

Ahora se entiende mejor que insista en hablar de “libertad religiosa” en vez de “libertad de conciencia”, que incluye a la religiosa pero va mucho más allá: ¿qué hay de la libertad de las conciencias no religiosas?

Por otra parte, el gobierno de Costa Rica continuará la negociación del Concordato con la Santa Sede que ya inició Laura Chinchilla, y que sin duda se quiere que esté a punto para cuando se elimine de la Constitución la estupefaciente catolicidad actual del Estado.

 El artículo 75 de la Constitución, por el que “La Religión Católica, apostólica, Romana, es la del Estado, el cual contribuye a su mantenimiento”, es tan anacrónicamente antidemocrático que molesta a la propia Iglesia: ¡ni a ella le interesa un hiperconfesionalismo tan descarado que no salva mínimamente las apariencias! 

Para salvar las apariencias puede bastar que, como en la Constitución española (art. 16.3), se mencione astutamente a la Iglesia católica: “Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.”

 Esta mención a la Iglesia católica y a otras confesiones da pie a notables abusos que conocemos bien en España, pero tal vez ni siquiera sea necesaria la mención si puede haber un Concordato, y acuerdos similares con otras confesiones.

¿Para qué un Concordato, no basta con que cualquier organización religiosa cumpla con la Ley como cualquier otra asociación?

 Para entenderlo, no hay más que examinar cualquier Concordato actual, como el español: se trata de un tratado internacional bilateral entre un país y la Santa Sede, en el que se otorgan a la Iglesia católica desorbitados privilegios educativos (adoctrinamiento católico en la escuela, sea privada o pública), económicos (pago de sacerdotes, mantenimiento de edificios, exenciones fiscales, entre otros: con esto se hace innecesario el “contribuye a su mantenimiento” de la Constitución tica actual), mediáticos (misas y proselitismo en los medios públicos), simbólicos (símbolos religiosos en espacios públicos), etc. Repárese en que el Estado que firme un tratado leonino de este tipo, se ve obligado a conceder esas extraordinarias prerrogativas por exigencia de ¡un Estado extranjero (la Santa Sede)!

 El otro Estado se ata de pies y manos, cede soberanía, sin recibir nada a cambio (salvo bendiciones y rezos). Y ese Estado extranjero, dicho sea de paso, dista muchísimo de ser un Estado democrático.

La existencia de un Concordato es incompatible, pues, con un Estado laico, en el que ninguna religión, convicción o ideología particular puede disfrutar de prerrogativas. El Estado laico no se inmiscuye en las creencias de los ciudadanos, sino que tiene el máximo respeto por la libertad de conciencia de todos los ciudadanos; lo que debe asegurar es esa libertad. 

¡Cabe decir exactamente lo mismo de un Estado sencillamente democrático! Un Estado laico, ni que decir tiene que no es antirreligioso, pues garantiza los derechos de opinión, expresión, manifestación… de todos los ciudadanos, sin privilegiar ningún tipo de creencias y convicciones.

Señor presidente de Costa Rica, en el Estado laico/democrático, un cargo público, en cuanto tal, no puede participar en ceremonias religiosas como la que contó con su presencia y la de sus vicepresidentes. La persona que ocupa un cargo puede asistir a las ceremonias y rituales que desee, faltaría más… a título privado. Un presidente laico/democrático, además, no puede invocar a Dios para que oriente la vida del país.

En definitiva, ¿hacia qué “laicidad” dirige el presidente Solís a Costa Rica? Sus palabras y actos no permiten pensar enninguna laicidad, sino en un confesionalismo no descaradamente constitucional, sino concordatario. Que el confesionalismo otorgue privilegios no sólo a la Iglesia católica, sino a unas cuantas organizaciones religiosas, no sólo no resuelve el agravio, sino que lo extiende: se trataría de un multiconfesionalismo en el que quienes tengan diversas creencias religiosas se verían privilegiados frente a quienes no las tienen (y que pueden sostener, por supuesto, otras creencias y convicciones), que serían ciudadanos de segunda clase.

Me atrevo a opinar desde España porque aquí estamos muy escarmentados de una insoportable situación concordataria de la que no conseguimos liberarnos, y por mi ferviente deseo de una Costa Rica próspera, libre y justa. 

Una Costa Rica democrática debe ser verdaderamente laica, por lo que no puede ser un Estado maniatado mediante un Concordato con la Santa Sede.

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