El Ministerio del Ambiente y Los Recursos Naturales (MARENA) emitió una resolución en donde se prohibe las quemas agropecuarias en Nicaragua.
En el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial tiene por objeto la "prohibición de quemas agropecuarias" y entrará en vigencia a partir de la publicación en LA GACETA Diario Oficial y tendrá una vigencia hasta que se incorpore el periodo lluvioso en todo el territorio nacional.
Asimismo en el artículo 2 destaca que es obligación de todos los productores dueños de fincas prevenir incendios agropecuarios, realizando todas las medidas necesarias.
Mientras tanto en el artículo 3 de esta resolución, las autoridades del MARENA en coordinación con las instituciones del Sistema de Producción, Consumo y Comercio mantendrán monitoreo permanente para prevenir, controlar y velar por el cumplimiento de la presente Resolución.
Igualmente en el artículo 4 se establece que cualquier violación a lo establecido en la presente Resolución se sancionará administrativamente de conformidad a la Ley No. 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales y sus reformas incorporadas, sin perjuicio de lo establecido en la Ley No. 641 Código Penal de la República de Nicaragua.
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