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El caso del periodista Pablo González llega al Grupo de Desapariciones Forzosas de Naciones Unidas


La esposa del periodista Pablo González, Ohaina Goiriena, y madre de tres hijos en común, ha presentado una solicitud al Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas (OHCHR) para que estudie la detención “arbitraria” del periodista, encarcelado desde el 28 de febrero pasado en Polonia mientras cubría la crisis humanitaria desatada por la guerra en Ucrania.


El abogado Gonzalo Boye, letrado de Pablo González, al que las autoridades polacas no permiten visitar en prisión ni tratar con el abogado polaco que representa al periodista en Polonia asuntos relacionados con su defensa ni con los cargos que le imputan, ha redactado la solicitud, a la que ha tenido acceso Público, en la que argumenta los motivos por los que el caso es competencia de este grupo de trabajo de Naciones Unidas, dedicado a ayudar a los familiares de las personas desaparecidas y a actuar como intermediario con los gobiernos denunciados, a los que pide explicaciones.

Se trata de la primera iniciativa legal fuera del procedimiento polaco que inicia la familia del reportero, de nacionalidad ruso-española y afincado en Euskadi. Experto en el escenario postsoviético, politólogo además de periodista, Pablo González fue detenido en Polonia acusado de realizar actividades de espionaje a favor de Rusia. Precisamente este miércoles se cumplen cinco meses de su arresto.

En primer lugar, el escrito que ha llegado a Naciones Unidas enumera las razones por las que la detención de Pablo González, colaborador de Público, fue arbitraria. Este punto es esencial para que en el caso pueda intervenir la OHCHR. Según el abogado de Ohaina Goiriena, la detención de González se ajusta a cinco categorías establecidas por Naciones Unidas para decretar una detención forzosa.

Una de esas categorías está basada en la discriminación por el nacimiento, el origen nacional, étnico o social, el idioma, la religión, la condición económica, la opinión política o de otra índole, el género, la orientación sexual, la discapacidad u otra condición. Y en esa categoría estaría el caso del periodista Pablo González.

Discriminación por nacionalidad

“Las autoridades polacas procedieron a la detención del Sr. González basándose, exclusivamente y sin sustento mayor alguno -o al menos, sin explicitarlo debidamente-, en la supuesta irregularidad relativa a la “doble identidad” de nuestro representado producto de su doble nacionalidad española y rusa. Como consecuencia de esa condición presuntamente “ilícita” -cuando no lo es, porque consta debidamente acreditada y legalmente reconocida por España y Rusia-, se vinculó sin sustento alguno al Sr. González Yagüe en supuestas actividades de espionaje“, consta en el escrito.

El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria ha establecido que la detención de una persona basada en motivos discriminatorios en razón de su nacionalidad redunda en una violación de los artículos 2 y 7 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y de los artículos 2, párrafo 1, y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Vulneración de derechos

El escrito de Gonzalo Boye incide en la vulneración de numerosos derechos internacionales por parte de las autoridades polacas. El derecho a la presunción de inocencia, derecho a la defensa y a ser oído por un tribunal independiente son algunos de los más significativos. “La privación de derechos que sufre el Sr. González Yagüe va más allá de la arbitraria detención, se encuentra en una situación de incomunicación material“, consta en el escrito, que informa además de que el periodista “no está autorizado ni a realizar ni a recibir comunicaciones ni de su familia ni de su abogado de libre designación que es quien suscribe la presente remisión”.

La categoría I de las establecidas por el Grupo de Trabajo de detención arbitraria establece que la privación de libertad será arbitraria cuando sea imposible invocar base legal que la justifique. En este sentido, la solicitud de la esposa de Pablo González indica que “no se han indicado los motivos de la detención más allá de una escueta referencia a una investigación en torno a un delito supuesto de espionaje; no se ha garantizado el acceso debido al expediente judicial respectivo; ni mucho menos, se ha permitido que el detenido sea asistido y entrevistado por el letrado de su elección”.

“Sólo se pretende revestir jurídicamente unas decisiones que son arbitrarias, políticamente orientadas y que traen su causa en un contexto general vulnerador de los derechos humanos”, indica el escrito.

Fue detenido por ser periodista

También destaca que el periodista “no fue detenido por la comisión de un delito flagrante, de modo de otorgar alguna justificación mínimamente razonable -que no la hay- acerca de la forma en la que fue aprehendido, ni tampoco se advierte en el caso que las autoridades polacas hayan indicado, fundadamente -y ni escuetamente-, cuáles fueron los motivos legales de
su detención”.

“En el caso que nos ocupa se trata de un periodista, perfectamente conocido y acreditado como tal, y, su detención se fundamenta, precisamente, en el legítimo ejercicio de su trabajo como informador”. El escrito denuncia que a González se le está privando ilegítimamente de ejercer su profesión, “impidiéndosele informar sobre unos hechos que son de actualidad”, en relación al conflicto bélico.
Ausencia de un proceso garante

El escrito que ha recibido Naciones Unidas explica que “se ha vulnerado el derecho a un proceso con las debidas garantías, incluido el derecho de defensa, así como el derecho a la libertad personal y, especialmente, el principio de legalidad y de taxatividad penal para, forzándolo, dar apariencia de legalidad a algo que es eminentemente arbitrario”, razona el letrado Boye en su solicitud.

“Aquí estamos ante una detención acordada -presuntamente- por los servicios de inteligencia de Polonia en connivencia con la Fiscalía de dicho país y que, posteriormente y siempre según información aparecida en los medios de comunicación, habría sido ratificada por alguna autoridad judicial desconociéndose las bases legales de la misma”, incide y asegura que las autoridades polacas no se encuadran en lo que se definiría como un tribunal “independiente e imparcial”.

En prisión el menor tiempo posible

Otro de las factores destacados es el largo periodo de prisión provisional que está sufriendo Pablo González: cinco meses lleva ya y podría prorrogarse hasta un año. “Es una norma establecida de derecho internacional que la detención preventiva debe ser la excepción y no la regla, y que debe ordenarse por el menor tiempo posible”.

En este sentido, el escrito hace hincapié en lo falaz del argumento polaco sobre que Pablo González utilizaba como pantalla para sus labores de espionaje su condición de periodista. “Toda la actividad profesional e informativa del Sr. González Yagüe no solo era transparente, sino que consta pública y publicada y, como se ha dicho y acreditado, en todo momento se ha conocido sus planteamientos informativos y antibelicistas que resultan incompatibles con las falaces acusaciones sostenidas por las autoridades polacas”.

La intervención de Naciones Unidas en el caso podría desencallar la situación procesal de Pablo González y aliviar el sufrimiento de su familia, que aún no ha podido visitarle en la cárcel, tras las excusas burocráticas impuestas por Polonia.

La solicitud incluye una veintena de documentos probatorios del proceder de la Fiscalía polaca en el sentido de obstaculizar la comunicación entre Pablo y su familia y su abogado de elección, Gonzalo Boye. El letrado polaco que le representa ha informado a Ohaina Goiriena que no puede tratar con ella ningún aspecto relacionado con los cargos que se le imputan a Pablo por tenerlo prohibido por su legislación.

https://www.euskalherria-donbass.org/2022/07/30/el-caso-del-periodista-pablo-gonzalez-llega-al-grupo-de-desapariciones-forzosas-de-naciones-unidas/

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