
Nicaragua le recordó a Costa Rica su obligación de presentar el
Estudio de Impacto Ambiental y el Plan de Gestión Ambiental de la
carretera que construye en el margen derecho del Río San Juan,
rechazando de esta manera las pretensiones ticas de que sea nuestro país
quien señale los daños evidentes que esta construcción está ocasionando
en nuestros recursos naturales.
Así lo hizo saber el Gobierno a través de una nota enviada por
Cancillería al ministro de Relaciones Exteriores costarricense, Enrique
Castillo, en la cual además precisa que Costa Rica debió presentar dicho
Estudio Ambiental previo al inicio de la construcción de la carretera.
“Tratar de Invertir la lógica de las responsabilidades de Costa Rica no implica asumir los compromisos con la madre naturaleza, el Derecho Internacional y los convenios y tratados bilaterales y multilaterales que su gobierno ha suscrito para la defensa del medio ambiente y la biodiversidad”, señala la comunicación oficial, firmada por el viceministro Valdrak Jaentschke
Nicaragua acusa además al gobierno tico de mantener oculto a nuestro país y al mismo hermano pueblo costarricense todo lo relacionado con esa obra “e incluso altos personeros del gobierno han hecho anuncios engañosos afirmando en medios periodísticos que las obras se habían detenido”.
Finalmente, nuestro país exige una vez más a Costa Rica “la paralización inmediata de las obras hasta tanto no haya tenido la oportunidad de recibir y analizar el estudio de impacto ambiental sobre esas obras”.
A continuación, la nota oficial íntegra enviada por Cancillería:
Ministerio de Relaciones Exteriores
Managua, 10 de diciembre 2011
MRE/DVS/VJW/0685/12/11
Estimado Señor Ministro:
El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional lamenta comunicarle que en relación a su nota DM-AM-601-11 de fecha 29 de noviembre de 2011, considera inapropiado e inadmisible solicitar a Nicaragua que señale los daños que pueda ocasionar la obra que su gobierno está construyendo en la margen derecha del Río San Juan de Nicaragua.
El Gobierno de Nicaragua estima que tal expresión se debe a una interpretación equivocada de la obligación que tiene su ilustrado gobierno de presentar a Nicaragua, previo al inicio de la carretera, el Estudio de Impacto Ambiental y el Plan de Gestión Ambiental, requisito fundamental para llevar a cabo una obra de tal envergadura.
Tratar de Invertir la lógica de las responsabilidades de Costa Rica no implica asumir los compromisos con la madre naturaleza, el Derecho Internacional y los convenios y tratados bilaterales y multilaterales que su gobierno ha suscrito para la defensa del medio ambiente y la biodiversidad, entre los cuales podemos recordarle el Convenio Regional para el Manejo y Conservación de los Ecosistemas Naturales y Forestales y el Desarrollo de Plantaciones Forestales suscrito en Guatemala el 29 de Octubre de 1993, la Declaración de Estocolmo, Declaración de Río, Agenda 21 y la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas (RAMSAR) del día 2 de febrero de 1971, la cual, según recordó a Corte Internacional de Justicia en el Párrafo 79 de su Ordenanza del 8 de Marzo de 2011, dispone:
“Tratar de Invertir la lógica de las responsabilidades de Costa Rica no implica asumir los compromisos con la madre naturaleza, el Derecho Internacional y los convenios y tratados bilaterales y multilaterales que su gobierno ha suscrito para la defensa del medio ambiente y la biodiversidad”, señala la comunicación oficial, firmada por el viceministro Valdrak Jaentschke
Nicaragua acusa además al gobierno tico de mantener oculto a nuestro país y al mismo hermano pueblo costarricense todo lo relacionado con esa obra “e incluso altos personeros del gobierno han hecho anuncios engañosos afirmando en medios periodísticos que las obras se habían detenido”.
Finalmente, nuestro país exige una vez más a Costa Rica “la paralización inmediata de las obras hasta tanto no haya tenido la oportunidad de recibir y analizar el estudio de impacto ambiental sobre esas obras”.
A continuación, la nota oficial íntegra enviada por Cancillería:
Ministerio de Relaciones Exteriores
Managua, 10 de diciembre 2011
MRE/DVS/VJW/0685/12/11
Estimado Señor Ministro:
El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional lamenta comunicarle que en relación a su nota DM-AM-601-11 de fecha 29 de noviembre de 2011, considera inapropiado e inadmisible solicitar a Nicaragua que señale los daños que pueda ocasionar la obra que su gobierno está construyendo en la margen derecha del Río San Juan de Nicaragua.
El Gobierno de Nicaragua estima que tal expresión se debe a una interpretación equivocada de la obligación que tiene su ilustrado gobierno de presentar a Nicaragua, previo al inicio de la carretera, el Estudio de Impacto Ambiental y el Plan de Gestión Ambiental, requisito fundamental para llevar a cabo una obra de tal envergadura.
Tratar de Invertir la lógica de las responsabilidades de Costa Rica no implica asumir los compromisos con la madre naturaleza, el Derecho Internacional y los convenios y tratados bilaterales y multilaterales que su gobierno ha suscrito para la defensa del medio ambiente y la biodiversidad, entre los cuales podemos recordarle el Convenio Regional para el Manejo y Conservación de los Ecosistemas Naturales y Forestales y el Desarrollo de Plantaciones Forestales suscrito en Guatemala el 29 de Octubre de 1993, la Declaración de Estocolmo, Declaración de Río, Agenda 21 y la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas (RAMSAR) del día 2 de febrero de 1971, la cual, según recordó a Corte Internacional de Justicia en el Párrafo 79 de su Ordenanza del 8 de Marzo de 2011, dispone:
“Artículo 5.- Las Partes Contratantes celebrarán consultas
sobre el cumplimiento de sus obligaciones que se deriven de la
Convención, especialmente en el caso de un humedal que se extienda por
los territorios de más de una Parte Contratante o de un sistema
hidrológico compartido por varias de ellas.
Al mismo tiempo, se
esforzarán por coordinar y apoyar activamente las políticas y
regulaciones actuales y futuras relativas a la conservación de los
humedales y de su flora y fauna”.
El gobierno de Costa Rica muy al contrario de darle a conocer a Nicaragua y a su mismo pueblo lo relacionado con esas obras, las ha mantenido ocultas e incluso altos personeros del gobierno han hecho anuncios engañosos afirmando en medios periodísticos que las obras se habían detenido.
Independientemente de lo anterior, es evidente que la construcción de la carretera afecta gravemente el medio ambiente y los derechos de Nicaragua.
El gobierno de Costa Rica muy al contrario de darle a conocer a Nicaragua y a su mismo pueblo lo relacionado con esas obras, las ha mantenido ocultas e incluso altos personeros del gobierno han hecho anuncios engañosos afirmando en medios periodísticos que las obras se habían detenido.
Independientemente de lo anterior, es evidente que la construcción de la carretera afecta gravemente el medio ambiente y los derechos de Nicaragua.
Continuar con
la referida obra tiene consecuencias ecológicas y ambientales que de no
detenerse su construcción, ocasionaría daños trascendentales
irreversibles.
Entre las muchas consecuencias se pueden destacar las siguientes:
1. Vertimento del despale y movimiento de tierra a lo largo de la ruta de la carretera en el caudal del río, dificultando y poniendo en riesgo la navegación en sus aguas, a las cuales Nicaragua tiene derecho y Sumo Imperio con base al Tratado del 15 de abril de 1858 y el Laudo Cleveland del 22 de marzo de 1888.
Entre las muchas consecuencias se pueden destacar las siguientes:
1. Vertimento del despale y movimiento de tierra a lo largo de la ruta de la carretera en el caudal del río, dificultando y poniendo en riesgo la navegación en sus aguas, a las cuales Nicaragua tiene derecho y Sumo Imperio con base al Tratado del 15 de abril de 1858 y el Laudo Cleveland del 22 de marzo de 1888.
2. Remoción y sedimentación de suelos frágiles provocando una mayor y excesiva sedimentación de las aguas del Río Nicaragüense.
3. Impacto sobre los recursos hidrobiológicos, con efectos
principalmente en la pesca sobre el Río por cambios en la calidad de
agua.
4. Destrucción del hábitat natural del ecosistema en la ribera, al
remover la vegetación inmediata al curso del río para la construcción de
la carretera, afectando la diversidad arbórea circundante.
5. Intercepción del flujo natural de las aguas que tributan por la
cuenca sur hacia el Río San Juan, con modificación del drenaje en los
humedales aledaños al curso inferior del Río San Juan y su delta.
6. Erosión en bancos y taludes de tierra en lugares de cierta
pendiente con el consecuente arrastre de suelos arcillosos hacia el Río
San Juan de Nicaragua.
7. Disminución o alteración de la vida acuática debido a la turbidez
de las aguas provocada por los sedimentos derivados de la construcción
de la vía.
8. Destrucción de los valores escénicos y potencial eco turístico propios del curso del Río.
Destaco señor Ministro que la lista anterior no agota todas las consecuencias y responsabilidades de Costa Rica al realizar la obra antes mencionadas, incluyendo las incursiones en territorio Nicaragüense y las violaciones vinculadas a los monumentos de demarcación.
La obligación de Costa Rica de comunicarle a Nicaragua el estudio de impacto ambiental antes de iniciar las obras no puede subsanarse invocando a los facilitadores.
Destaco señor Ministro que la lista anterior no agota todas las consecuencias y responsabilidades de Costa Rica al realizar la obra antes mencionadas, incluyendo las incursiones en territorio Nicaragüense y las violaciones vinculadas a los monumentos de demarcación.
La obligación de Costa Rica de comunicarle a Nicaragua el estudio de impacto ambiental antes de iniciar las obras no puede subsanarse invocando a los facilitadores.
Nicaragua no puede aceptar menos que la paralización
inmediata de las obras hasta tanto no haya tenido la oportunidad de
recibir y analizar el estudio de impacto ambiental sobre esas obras.
Aprovecho señor Ministro para expresar las muestras de mi consideración.
Aprovecho señor Ministro para expresar las muestras de mi consideración.
(Firma)
Valdrak L. Jaentschke
Viceministro
Excelentísimo Señor
Enrique Castillo
Ministro
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
República de Costa Rica
Valdrak L. Jaentschke
Viceministro
Excelentísimo Señor
Enrique Castillo
Ministro
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
República de Costa Rica