El portavoz del Vaticano, Federico Lombardi, durante su intervención ante la prensa, ayer. AP / ANDREW MEDICHINI
En el texto el Vaticano evita poner por escrito la obligatoriedad de denunciar los casos de pederastia a las autoridades civiles
En cuanto a la posesión de material pornográfico infantil, precisa que se considerará que se trata de niños cuando su edad sea inferior a los 14 años
Si un sacerdote abusa sexualmente de un discapacitado adulto, su acción será equiparada con la pederastia; si un religioso posee material pornográfico infantil será un delito; la prescripción del abuso se amplía de 10 a 20 años desde la mayoría de edad de la víctima y, en los casos de vejaciones especialmente graves, el cura culpable podrá ser procesado con una vista oral rápida.
Estas son, en síntesis, las novedades introducidas por el Vaticano para afrontar los casos de pederastia, en un documento presentado ayer que incluye medidas en vigor, algunas que han sido actualizadas y otras que solo se han reordenado. En el texto el Vaticano evita poner por escrito la obligatoriedad de denunciar los casos de pederastia a las autoridades civiles, con el argumento de que lo presentado ayer son normas del ordenamiento canónico, es decir, exclusivas del funcionamiento interno de la Iglesia.
«Hay que obedecer a las leyes civiles, sin esperar el resultado del proceso canónico (eclesiástico)», aclaró ayer monseñor Charles Scicluna, promotor de Justicia (fiscal) de la Congregación para la Doctrina de la Fe, quien añadió que el «secreto pontificio», es decir, la confidencialidad de los procesos canónicos a los curas pederastas, no debe impedir la denuncia a las autoridades civiles.
LA LEY CIVIL Federico Lombardi, portavoz del Papa, puntualizó que «deben seguirse siempre las disposiciones de la ley civil en materia de información de delitos a las autoridades competentes» y añadió que «es necesario adecuarse desde el primer momento a las disposiciones vigentes en los diversos países». En contra de lo que denuncian las asociaciones de víctimas, el Vaticano argumenta que su posición acerca de informar a la justicia civil sobre curas pederastas no es ambigua y que quedó establecida en unas normas aprobadas por Juan Pablo II en el 2001.
El documento reúne en un solo texto todos los «pecados excepcionales» que considera la Iglesia católica, entre los que, además del abuso sexual, figuran la herejía, apostasía, cisma y todos los que se refieren a los sacramentos, como, por ejemplo, robar una hostia consagrada o grabar una confesión con el objeto de publicarla después, como ha sucedido recientemente en Francia, donde algunos periodistas confesaron pecados ficticios para grabar las distintas respuestas de los sacerdotes.
Sobre la prescripción de casos de pederastia, la nueva norma amplía el plazo de 10 a 20 años desde que la víctima haya cumplido la mayoría de edad. En cuanto a la posesión de material pornográfico infantil, precisa que se considerará que se trata de niños cuando su edad sea inferior a los 14 años, y que el concepto de posesión englobará la «adquisición, tenencia o divulgación de imágenes en cualquier modo y con cualquier medio». Para todo lo que se refiera a casos de abusos, el Vaticano impone «la confidencialidad» total, para protección de las víctimas y salvaguarda de la defensa.
LOS TRIBUNALES Entre las novedades secundarias del texto figura que los laicos podrán formar parte de los tribunales eclesiásticos que juzgan a eclesiásticos pederastas. Las autoridades vaticanas dijeron que la Congregación para la Doctrina de Fe «está estudiando cómo ayudar a los episcopados de todo el mundo a formular y poner en práctica con coherencia y eficacia las indicaciones y directrices necesarias».
Estas son, en síntesis, las novedades introducidas por el Vaticano para afrontar los casos de pederastia, en un documento presentado ayer que incluye medidas en vigor, algunas que han sido actualizadas y otras que solo se han reordenado. En el texto el Vaticano evita poner por escrito la obligatoriedad de denunciar los casos de pederastia a las autoridades civiles, con el argumento de que lo presentado ayer son normas del ordenamiento canónico, es decir, exclusivas del funcionamiento interno de la Iglesia.
«Hay que obedecer a las leyes civiles, sin esperar el resultado del proceso canónico (eclesiástico)», aclaró ayer monseñor Charles Scicluna, promotor de Justicia (fiscal) de la Congregación para la Doctrina de la Fe, quien añadió que el «secreto pontificio», es decir, la confidencialidad de los procesos canónicos a los curas pederastas, no debe impedir la denuncia a las autoridades civiles.
LA LEY CIVIL Federico Lombardi, portavoz del Papa, puntualizó que «deben seguirse siempre las disposiciones de la ley civil en materia de información de delitos a las autoridades competentes» y añadió que «es necesario adecuarse desde el primer momento a las disposiciones vigentes en los diversos países». En contra de lo que denuncian las asociaciones de víctimas, el Vaticano argumenta que su posición acerca de informar a la justicia civil sobre curas pederastas no es ambigua y que quedó establecida en unas normas aprobadas por Juan Pablo II en el 2001.
El documento reúne en un solo texto todos los «pecados excepcionales» que considera la Iglesia católica, entre los que, además del abuso sexual, figuran la herejía, apostasía, cisma y todos los que se refieren a los sacramentos, como, por ejemplo, robar una hostia consagrada o grabar una confesión con el objeto de publicarla después, como ha sucedido recientemente en Francia, donde algunos periodistas confesaron pecados ficticios para grabar las distintas respuestas de los sacerdotes.
Sobre la prescripción de casos de pederastia, la nueva norma amplía el plazo de 10 a 20 años desde que la víctima haya cumplido la mayoría de edad. En cuanto a la posesión de material pornográfico infantil, precisa que se considerará que se trata de niños cuando su edad sea inferior a los 14 años, y que el concepto de posesión englobará la «adquisición, tenencia o divulgación de imágenes en cualquier modo y con cualquier medio». Para todo lo que se refiera a casos de abusos, el Vaticano impone «la confidencialidad» total, para protección de las víctimas y salvaguarda de la defensa.
LOS TRIBUNALES Entre las novedades secundarias del texto figura que los laicos podrán formar parte de los tribunales eclesiásticos que juzgan a eclesiásticos pederastas. Las autoridades vaticanas dijeron que la Congregación para la Doctrina de Fe «está estudiando cómo ayudar a los episcopados de todo el mundo a formular y poner en práctica con coherencia y eficacia las indicaciones y directrices necesarias».
Y es que las normas no son una «guía práctica» como las publicadas el pasado abril, sino reglas jurídicas en firme que introducen o actualizan leyes anteriores por cuyo cumplimiento velará en última instancia la Congregación. Este organismo funcionará como segundo grado de juicio para los casos de abusos, que en primera instancia se dirimen en las diócesis.
FUENTE:
http://www.elperiodico.com/es/noticias/sociedad/20100716/vaticano-endurece-castigo-los-pederastas/389516.shtml