CONSULTA POPULAR ¡EL PRECIO DE UN HOMBRE!
La tan nombrada “austeridad” fue contemplada por Moreno en el Decreto 135 con el que escudó una supuesta “crisis”, le dio “legalidad” a una clara persecución contra los servidores públicos de la Revolución y el Ministerio de Trabajo justificó el despido de decenas de personas que trabajaban en la Vicepresidencia. La “austeridad” de Moreno aplica para todo, menos para los 60 millones que se estima costaría la consulta popular y con lo que se podrían construir 3.500 viviendas.
Se ha inventado una consulta popular cuyo fin afecta la estructura del Estado y a una Revolución que no pudieron vencer en las urnas; todo por destruir a un hombre cuya cabeza, como en el lejano Oeste, tiene precio ¡60 millones!
Es así que Moreno ejerce un derroche del más brutal gamonalismo para justificar la persecución y consumar sus más profundos y vengativos deseos contra Rafael Correa. El hombre que le entregó a la Patria 10 años de su vida por decisión del pueblo, los que en absoluta democracia le dimos la oportunidad de cambiar al país y darnos salud y educación gratuita, ¡no como favor sino como derecho! Escuelas del Milenio, educación de calidad, la Universidad del Conocimiento Yachai, Hospitales, Hidroeléctricas, Proyectos multipropósitos, carreteras ejemplares, el cambio positivo en el servicio público y leyes que por primera vez protegieron nuestros derechos.
10 años en los que dejamos de ser un punto en el mapamundi para ser llamados por el mundo ¡El milagro ecuatoriano! 10 años donde recibimos lo que jamás imaginamos tener ¡Justicia social!
Correa jamás intentó perpetuarse en el poder, como afirma Moreno. Recordemos que el pueblo le entregó más de un millón de firmas al Colectivo “Rafael contigo siempre” para que se vuelva a postular a la presidencia y derogar la disposición transitoria que se lo impedía, sin embargo Correa desistió.
Finalmente la prueba está en que, gracias a Correa, hoy es otro el que lleva la banda presidencial; a quien le bastó su media humanidad ¡para destruirlo todo!
Esa es la razón por la que la intención de regresar de Rafael Correa no obedece al poder sino al momento histórico ¡en el que la patria pide auxilio!
Las 7 preguntas planteadas por Moreno, que realmente son las de los enemigos Guillermo Lasso y Nebot -quienes hoy la defienden casi a muerte-, fueron enviadas por Moreno a la Corte Constitucional en cuyas manos está la decisión final.
Para empezar es necesario entender que dicha consulta es inconstitucional e ilegal, ya que pretende reformar la Constitución, lo que únicamente se puede hacer a través de un Referéndum y una Asamblea Nacional Constituyente según lo indica la Constitución en los Artículos. 444, 441 y 442, donde se establecen los mecanismos para reformar las leyes protegiendo la estructura del Estado y los derechos.
El mecanismo para aplicar una consulta popular está establecido en el Art. 104 de la Constitución, donde indica que "el presidente puede consultar lo que considere conveniente, pero sin atentar contra la Constitución ni la estructura del Estado". Sin embargo Moreno hará exactamente lo que la Constitución prohíbe.
Un ejemplo de lo que “el presidente considere conveniente consultar", está en el Art. 444 de la Constitución donde establece preguntarle al pueblo si quiere reformar las leyes a través de una Asamblea Constituyente, que es el camino correcto para reformar la Constitución, no reformarla violando las leyes ni obligando al pueblo a formar parte de ese crimen; recordemos que en Ecuador es obligatorio acudir a las urnas.
Como lo escribiera Pitágoras: “El orden de los factores no altera el producto”. En ese contexto iremos analizando las preguntas y sus trampas, empezando por la pregunta que ha convertido a la consulta en el precio de Rafael Correa, “La reelección indefinida”, luego las dos que le siguen camufladas “Consejo de Participación Ciudadana” y “Ley de Plusvalía”, y finalmente las demás que son el relleno innecesario pero necesario para convencer a los incautos con leyes que ya existen y que para fortalecerse pueden tratarse directamente en la Asamblea, cuyos asambleístas cobran un sueldo para eso.
Reelección indefinida:
“Para garantizar el principio de la alternabilidad, ¿está usted de acuerdo con enmendar la Constitución de la República del Ecuador para que todas las autoridades de elección popular puedan ser reelectas una sola vez, recuperando el mandato de la Constitución de Montecristi, y dejando sin efecto la reelección indefinida aprobada mediante enmienda por la Asamblea Nacional el 3 de diciembre del 2015, según lo establecido en el Anexo 2?
Para empezar, esta pregunta no puede ser aprobada por la Corte Constitucional porque es inconstitucional. La reelección indefinida es un derecho que fue aprobado por la misma Corte Constitucional, y según lo establece el Art. 440 de la Constitución: “Las sentencias y los autos de la Corte Constitucional tendrán el carácter de definitivos e inapelables”, no se puede apelar o cambiar dicha ley con una consulta ni con nada que no sea una Asamblea Constituyente, la única vía legal para cambiar o modificar las leyes.
Pretender eliminar o reformar esta ley también implicaría una regresión de derechos, lo que está prohibido por la Constitución y lo establece en su Art. 442: “La reforma parcial que no suponga una restricción en los derechos y garantías constitucionales, ni modifique el procedimiento de reforma de la Constitución…”
No conforme con eso, en esta pregunta se pretende engañar a las personas con las palabras “Reelección indefinida”, cuando realmente la ley se enfoca en la “Postulación indefinida”, que no es otra cosa que permitirle a todos la posibilidad de postularse las veces que deseen. Tampoco obliga a nadie a votar por el mismo candidato, siendo el pueblo el que finalmente decide.
También pretenden engañar con la palabra “alternabilidad”, intentando hacerle creer que usted pierde la opción de cambiar o alternar el presidente, ¡lo que no es cierto! Insisto, los candidatos se pueden postular indefinidamente porque la alternabilidad o alternancia aplica en el presidente electo si así lo quiere el pueblo. Actualmente los candidatos que ya han sido presidentes, como Rafael Correa, se pueden postular al igual que los que no. Si usted se deja engañar se quitará usted mismo el derecho a ser quien elija al presidente que quiere ¡como candidato y como presidente!
Sin Rafael Correa, volverán los políticos que le han hecho tanto daño a la Patria y usted sólo podrá votar por candidatos como Guillermo Lasso, Abdalá Bucaram, Nebot, Cynthia Viteri, Álvaro Noboa, Iván Espinel, entre otros; quienes podrían buscar el poder sin dudarlo. Usted será obligado a escoger entre los malos el menos malo, y en ese escenario ¡todos son iguales!
No se deje engañar, ¡la reelección indefinida es parte de la democracia y la democracia es el derecho a elegir a nuestros gobernantes!
Consejo de Participación Ciudadana y Control Social:
¿Está usted de acuerdo con enmendar la Constitución de la República del Ecuador para reestructurar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, así como dar por terminado el periodo constitucional de sus actuales miembros y que el Consejo que asuma transitoriamente sus funciones tenga la potestad de evaluar el desempeño de las autoridades cuya designación le corresponde, pudiendo, de ser el caso, anticipar la terminación de sus periodos de acuerdo al Anexo 3?
Esta pregunta es otro pilar para consumar la destrucción del país, ¡un Golpe de Estado sin balas!
Con una consulta no se puede enmendar, cambiar o eliminar al Consejo de Participación Ciudadana porque es parte de la estructura del Estado y está protegida por el Art. 207 de la Constitución. No está conformada a dedo, como Moreno pretende hacer creer, sus miembros son propuestos por las organizaciones sociales y la ciudadanía mediante un concurso público de méritos y oposición controlado por el Consejo Nacional Electoral.
Pretender eliminarla con una enmienda, violaría el Art. 441 que establece: “La enmienda de uno o varios artículos de la Constitución que no altere su estructura fundamental, o el carácter y elementos constitutivos del Estado, que no establezca restricciones a los derechos y garantías, o que no modifique el procedimiento de reforma de la Constitución…”.
Eso es algo que sólo se puede hacer mediante una Asamblea Constituyente, lo que Moreno jamás hará porque con una Asamblea Constituyente debe dejar su cargo para que se den nuevas elecciones, ¡donde el pueblo pedirá a gritos el regreso de Correa!
¿Por qué quiere apoderarse del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social?
Porque su función, establecida en el Art. 208 de la Constitución, indica que es quien designa al Procurador General del Estado y de las Superintendencias, al Defensor del Pueblo, al Defensor Público, al Fiscal General del Estado, al Contralor General del Estado, a los miembros del Consejo Nacional Electoral, a los miembros del Tribunal Contencioso Electoral y los miembros del Consejo de la Judicatura. En pocas palabras, designa las principales autoridades de Control del país. La manera más rápida y fácil de meterle la mano a la justicia sin mucho preámbulo.
Moreno y la derecha plantean y defienden esta pregunta, para que el pueblo sea el culpable de darle el control sobre los poderes del Estado; sacar a los miembros del Consejo de Participación Ciudadana que fueron electos legalmente, para poner miembros a dedo que luego cambiarán a las autoridades mencionadas.
¿Saben lo que eso implicaría?, que el Procurador General del Estado, el Fiscal General del Estado, los Miembros del Tribunal Electoral, entre otros, ¡sean puestos por ellos! De esta forma las leyes serían manejadas por los enemigos y todos estaremos expuestos a las arbitrariedades disfrazadas de legalidad. Podrán, por ejemplo darle legalidad a un nuevo Feriado Bancario, afectando de todas las formas posibles al pueblo sin que podamos hacer nada para evitarlo porque todas las instancias de control del Estado estarán a su favor, tal como ocurría en la vieja Patria.
Otro ejemplo del abuso del que podríamos ser victimas si logra vencer la consulta popular, es que si Moreno al año de su gobierno no ha cumplido con su Plan de Gobierno, -que incluye las 81.395 casas que hasta esa fecha debería haber construido-, el pueblo puede aplicar la Revocatoria del mandato a través de firmas, pero para esa fecha ya habrá cambiado a los miembros del Tribunal Electoral y jamás permitirán que el pueblo pueda aplicar la opción de las firmas para librarse de él.
Si así sin tener control absoluto sobre los poderes del Estado, tienen a Jorge Glas, nuestro Vicepresidente, tras la rejas sin pruebas en su contra y de manera ilegal e injusta; y posesionó a una vicepresidente interina violando la Constitución, ¿se imaginan lo que haría con ese poder? ¡La pregunta se responde sola!
La respuesta a esa pregunta es ¡NO!
Ley de Plusvalía:
¿Está usted de acuerdo con que se derogue la Ley Orgánica para Evitar la Especulación sobre el Valor de Tierras y Especulación de Tributos, conocida como Ley de Plusvalía, según el Anexo 1?
Esta sin duda es la pregunta de cajón de los amigos de Moreno, eliminar la “Ley Orgánica para Evitar la Especulación sobre el Valor de la Tierra y Fijación de Tributos”, conocida como “Ley de Plusvalía”, que no afecta a la clase media, baja y pobre del país, tampoco a los empresarios inmobiliarios honestos. Con esta ley solo se vieron afectadas las chequeras de los que especulaban con las tierras; los amigos blindados de un presidente que hoy pone sus beneficios y exigencias por encima del pueblo.
Al margen de la edificación (casa, edificio, finca, etc.), el terreno como tal aumenta su valor con la realización de obras importantes en su entorno, lo que es denominado “plusvalía”. Esto siempre fue un negociado para los Alcaldes, de ahí que el alcalde gritón sea uno de los que se arranca los pelos por eliminar dicha ley, ya que les proporcionaban información a sus panas empresarios inmobiliarios; por ejemplo, le informaban donde iban a construir un Paso a desnivel, un parque, un hospital o un Centro comercial, y con dicha información los empresarios compraban a precio de gallina flaca las humildes casas aledañas al lugar donde harían la construcción y luego vendían los terrenos a precios inalcanzables para los pobres. ¡Un negocio redondo a costillas del pueblo!
Por otro lado, todo lo recaudado con la Ley de Plusvalía, ingresa directamente a cada Municipio y debe ser destinado, por ejemplo, al mejoramiento de los servicios básicos de alcantarillado y agua potable. Lo que a algunos alcaldes gritones tampoco les interesa, porque lo que beneficia al pueblo no beneficia sus bolsillos.
¿Usted es especulador de tierras?, ¡No! Al contrario, usted es una víctima potencial de los que hoy quieren eliminar ¡la única ley que los detiene!
La respuesta a esa pregunta es ¡NO!
Vamos a las preguntas de relleno, donde acuden a la sensibilidad humana usando a los niños, la mentira en su máximo esplendor y el discurso demagógico sobre una lucha inexistente contra la corrupción.
¿Está usted de acuerdo con enmendar la Constitución de la República del Ecuador, para que nunca prescriban los delitos sexuales en contra de niños, niñas y adolescentes, según el Anexo 4?
Esta pregunta nos recuerda las propagandas políticas que se usaban en la vieja patria, cuando Bucaram salía en los videos colgado de los pulgares embarrado de salsa de tomate, sus hijos pequeños llorando llenos de mocos y de fondo una canción más triste que la Rosa de Guadalupe; todo para conseguir votos a través de nuestro buen corazón, lo que sin duda le funcionó ¡pero por seis meses!
Pues bien, es lo mismo que pretenden ahora, nadie con sentido común podría oponerse a una pregunta que beneficie a los niños abusados sexualmente. La cuestión es que las leyes para proteger a los niños ¡ya existen!
Una de ella está establecida en el Art. 81 de la Constitución: “La ley establecerá procedimientos especiales y expeditos para el juzgamiento y sanción de los delitos de violencia intrafamiliar, sexual, crímenes de odio y los que se cometan contra niñas, niños, adolescentes…”.
No crea que no hay leyes que castiguen este crimen, sólo porque últimamente aparecen en los medios de comunicación todos los días las desgarradoras historias de los niños violados; recuerde que eso es parte de la campaña de los medios que le dan publicidad a estos crímenes para fortalecer esa pregunta porque es la del enganche.
El objetivo es hacerle creer al pueblo que la consulta popular es positiva.
No se deje engañar, en el caso de querer realmente endurecer las leyes a favor de los niños y contra los violadores, los Asambleístas lo pueden hacer ¡sin necesidad de gastar 60 millones de Dólares en una Consulta popular!
Ya le puede decir ¡NO! a esa pregunta sin cargo de conciencia.
La respuesta a esa pregunta es ¡NO!
¿Está usted de acuerdo con que se enmiende la Constitución de la República del Ecuador para que se sancione a toda persona condenada por actos de corrupción con su inhabilitación para participar en la vida política del país y con la pérdida de sus bienes, como dice el Anexo 1?
Esa Ley ya existe en el artículo 113 de la Constitución: “No podrán ser candidatas o candidatos de elección popular: 2. Quienes hayan recibido sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos sancionados con reclusión, o por cohecho, enriquecimiento ilícito o peculado.”
Así también lo contempla el Art. 278 del Código Orgánico Integral Penal (COIP): “Las o los sentenciados por las conductas previstas en este artículo quedarán incapacitados de por vida, para el desempeño de todo cargo público…”
De la misma forma, una vez que una persona es condenada por corrupción, parte del proceso es incautar sus bienes como reparación al daño causado. Esta ley ya está contemplada en el Art. 549 del Código Orgánico Integral Penal (COIP): “La o el juzgador podrá ordenar las siguientes medidas cautelares sobre los bienes de la persona natural o jurídica procesada: 1. El secuestro 2. Incautación 3. La retención 4. La prohibición de enajenar.”
La Ley Orgánica del Servicio Público también prohíbe que ninguna persona pueda ostentar un cargo público si ha incurrido en los delitos antes mencionados, así como en delitos aduaneros, tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, lavado de activos, acoso sexual, explotación sexual, trata de personas, tráfico ilícito o violación. Lo que también aplica para puestos de libre nombramiento y remoción y para los contratos de servicios ocasionales.
Como ven, Moreno no está descubriendo el agua tibia porque la Ley ya existe; los corruptos pierden sus bienes y no pueden participar en la vida política del país.
La respuesta a esa pregunta es ¡NO!
¿Está usted de acuerdo en incrementar la zona intangible al menos 50.000 hectáreas y reducir el área de explotación petrolera autorizada por la Asamblea Nacional en el Parque Nacional Yasuní de 1.030 hectáreas a 300 hectáreas?
Es necesario recordar que del 2007 al 2013 Rafael Correa mantuvo una campaña internacional para no extraer el petróleo del Yasuní, esto a cambio de la corresponsabilidad por parte de la comunidad internacional con el estado ecuatoriano, lo que evitaba la emisión a la atmósfera de 407 millones de toneladas métricas de dióxido de carbono que se producirían por la quema de esos combustibles fósiles. La compensación económica que se le pedía a la comunidad internacional era una fracción del valor estimado por el 50% de las utilidades que percibiría si se diera la explotación de este recurso.
Estos valores ayudarían a combatir la pobreza en el país sin extraer el petróleo del Yasuní. Brasil, por ejemplo, tiene Bonos de Carbono en la Bolsa de Valores; un mecanismo internacional de descontaminación para reducir las emisiones contaminantes al medio ambiente propuestos en el Protocolo de Kyoto para la reducción de emisiones causantes del calentamiento global o efecto invernadero. Algo similar era la idea para no extraer el petróleo del Yasuní, sin embargo la comunidad internacional no respondió al pedido y le importó un comino contribuir en favor del Yasuní y contra el cambio climático, lo que obligó a Correa a tomar una de las decisiones más duras en su gobierno, extraer el petróleo.
No obstante la oposición se opuso a esta iniciativa aseverando que el Yasunni iba a desaparecer, el tiempo nos demostró que no fue así y la extracción se dio con técnicas adecuadas que afectan a menos del Uno Por Mil del parque.
Para explicarlo mejor, el Yasuní tiene más de un millón de hectáreas y la autorización para la extracción de petróleo era de 1.030 hectáreas, tal como Correa lo dijera en su gobierno, no se ha llegado ni a las 300 hectáreas. En consecuencia, Moreno propone en su pregunta lo que ya está ocurriendo, buscando engañar y satanizar la extracción en el Yasuní lloviendo sobre mojado. Demagogia pura para generar una supuesta lucha ¡sobre una batalla ya ganada!
La respuesta a esa pregunta es ¡NO!
¿Está usted de acuerdo con enmendar la Constitución de la República del Ecuador para que se prohíba la minería metálica en todas sus etapas, en áreas protegidas, en zonas intangibles, y centros urbanos, de acuerdo al Anexo 6?
Esta pregunta es brutalmente ambigua, una pregunta de relleno tipo lastre que busca sostener las demás. En todo caso si de prohibir la minería en áreas protegidas se trata, esta ley ¡también existe! Está contemplada en el Art. 407 de la Constitución: “Se prohíbe la actividad extractiva de recursos no renovables en las áreas protegidas y en zonas declaradas como intangibles, incluida la explotación forestal…”
La respuesta a esa pregunta es ¡NO!
Como ven, sería una barbaridad jurídica que la Corte Constitucional le diera paso a cualquiera de las preguntas, ni con la mejor de las intenciones; sabiendo que el verdadero objetivo de la consulta es arrastrar al país en la destrucción del único hombre ¡que podría volver a cambiar la historia!
En su lugar vamos por la Asamblea Constituyente, el mecanismo correcto para cambiar y crear leyes en favor del pueblo, no los 60 millones de dólares que pagará ese mismo pueblo en un cheque llamado “Consulta popular” que no es más que el maquiavélico precio que Moreno le ha impuesto a un solo hombre ¡Rafael Correa!
No vencimos en las pasadas elecciones, es verdad, con la traición ¡todos fuimos derrotados! Pero vencer no siempre implica ganar las batallas ¡sino defender las que ya vencimos!
Marisol Bowen