Written by Marvin Palacios / pasosdeanimalgrande.com/ El derecho a la libertad de expresión es reconocido por el derecho Internacional en tratados internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 19), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 19), la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (apartado IV) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 13).
La Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) aprobada en el año 2000, reconoce la importancia de la libertad de expresión en el continente americano.
Las organizaciones de derechos humanos que asistieron como peticionarias ante el Examen Periódico Universal de 2010 de Naciones Unidas en Ginebra, Suiza, para evaluar la situación de Honduras, manifestaron en aquella oportunidad que los problemas de libertad de expresión en nuestro país, son de naturaleza estructural, donde ha existido por décadas una concentración y oligopolio de los medios de comunicación, principalmente de las frecuencias del espectro radioeléctrico.
El Estado como administrador del espectro radioeléctrico (abusó de su autoridad y concentró en sectores de poder económico, político y religioso una gran cantidad de frecuencias en amplitud modulada y frecuencia modulada.
De este modo, el pueblo ha estado limitado al “pensamiento único” derivado de un oligopolio en las comunicaciones radiales y televisivas, sin opción a contar con interpretaciones diferentes a la realidad social y política que experimenta, ni a poseer (como es su derecho) un título habilitante para explotar una frecuencia de radio.
Al respecto en 2010 Durante el Examen Periódico Universal (EPU) al que se sometió el estado de Honduras, las Naciones Unidas recomendaron: “Tomar todas las medidas necesarias, incluso mediante la realización de una reforma de la legislación que rige el sector de las telecomunicaciones y garantizar el acceso a la información pública, para garantizar la libertad de prensa, la libertad de expresión y el derecho de reunión pacífica”.
En noviembre de ese mismo año y siguiendo las recomendaciones del Exámen Periódico Universal (EPU) del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, el gobierno adoptó la decisión de reformar la Ley Marco de Telecomunicaciones en concordancia con los acuerdos y estándares internacionales de derechos humanos para “democratizar el espectro radioeléctrico” en Honduras.
Resalta en este punto la incidencia de las organizaciones de derechos humanos, la participación y concurso de la Asociación de Medios Comunitarios de Honduras (AMCH), el Comité por la Libre Expresión (C-LIBRE), y asociación de medios de comunicación independientes que no pertenecen a los grandes oligopolios del país.
La búsqueda por la “democratización del espectro radioeléctrico”, encontró la promesa del estado de asignar un 33 por ciento del espectro que sería destinado a comunidades indígenas, patronatos y organizaciones que por su naturaleza y dinámicas de trabajo son catalogadas como defensoras de derechos humanos.
En julio de 2013, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) recanalizó la frecuencia modulada (FM) a nivel nacional para liberar unas 160 frecuencias, de las cuales sólo otorgó 10 títulos comunitarios y el resto fue sometido a subasta pública, donde una vez más fueron adquiridas por grupos religiosos (evangélicos y católicos), empresa privada (empresarios de medios y políticos) y por el estado.
La promesa del Gobierno de reservar un 33 por ciento de las frecuencias de radio a las comunidades y grupos independientes desligados con el poder religioso o empresarial, no se cumplió y apenas unas cuantas fueron asignadas y otras están en la lista de espera, que no es segura, porque la experiencia demuestra que la CONATEL observa y aplica criterios políticos para este menester.
En consultas realizadas “extra micrófono” por www.pasosdeanimalgrande.com, y con la advertencia de los consultados de ocultar la identidad, se refleja que el otorgamiento de frecuencias a medios comunitarios está condicionado a los contenidos que se divulguen.
En otras palabras, el estado aplica la “previa censura”, cómo nos lo dijo la persona consultada, en el sentido de que si se habla en contra de las autoridades del gobierno (presidente, diputados u otros funcionarios), los medios comunitarios pueden ser objeto de sanciones.
Tal y como lo reflejó el caso de la Voz de Puca, emisora comunitaria de la Red Comal de Gracias, Lempira que enfrentó en 2014, una audiencia de descargo por “cuestionar a la pareja presidencial” de aquel momento.
En el pasado otros medios comunitarios, como la Voz de Zacate Grande fue cerrada y ocupada por policías y sus comunicadores sociales perseguidos y amenazados por criticar a un grupo económico que pretende adueñarse de las tierras y los recursos naturales de la Península de Zacate Grande en el sur del país.
En el examen Periódico Universal EPU del año 2010, El Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidos recomendó: “El estado de Honduras debe adoptar medidas para garantizar el derecho a la vida e integridad física de los periodistas hondureños, así como el ejercicio de la libertad de expresión”.
También instó a continuar protegiendo, a través de actos jurídicos y administrativos, la libertad de expresión y la libertad de prensa, así como el acceso a la información.
El organismo mundial también resaltó que el estado debe garantizar la libertad de expresión, de conformidad con las obligaciones contraídas en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en particular en relación con los periodistas, activistas de derechos humanos y miembros de la oposición.
En referencia a los medios comunitarios, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CDIH) establece que “a través de los comunicadores sociales, la ciudadanía adquiere el poder de participar y/o controlar el desempeño de las acciones de los funcionarios públicos”.
En relación al derecho que las comunidades indígenas deben contar con sus propios medios de comunicación, las Naciones Unidas en el Examen Periódico Universal de 2015, emitida el 8 de mayo, recomendó que Honduras deberá “desarrollar un plan de acción nacional para aplicar los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos, incluyendo acciones específicas para fortalecer la aplicación de la convención 169 de la OIT.
Despenalizar la calumnia, la injuria y la difamación
Si bien el Código Penal y la Ley Marco de Telecomunicaciones tipifican el cierre de medios invocando motivos de seguridad nacional, los expertos consideran que estas disposiciones en realidad criminalizan el trabajo de los comunicadores sociales y periodistas, calificando sus expresiones como colindantes con las figuras de difamación, injuria o calumnias.
Al respecto una de las recomendaciones expuestas en el Examen Periódico Universal 2015 concerniente a la libertad de expresión señala que el estado debe “modificar la legislación para despenalizar la difamación, la calumnia y la injuria y convertirlos en materias reguladas por las normas de derecho civil de derechos establecidos por las Naciones Unidas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Posterior al golpe de Estado en Honduras (28 de junio de 2009) , la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) ordenó el cierre de Radio Globo, Globo, TV, Radio Progreso, la Catracha y Canal 36 aplicando la Ley Marco de Telecomunicaciones y el Código Penal, pero las justificaciones que expuso (a las claras violatorias de la Ley de Emisión del Pensamiento y la Constitución de la República), reflejó que lo actuado no fue más que ejercer el control de las líneas de expresión adoptadas por medios opositores al golpe de Estado.
En tal sentido el ex Relator para la Libertad de Expresión de Naciones Unidas, Frank La Rue en varias visitas realizadas al país, manifestó la posición del organismo mundial, en el sentido de instar al estado de Honduras a que despenalice dichas figuras porque van en contra de la libertad de expresión.n expuso sobre la necesidad de democratizar el espacio radioeléctrico para beneficio de los pueblos indígenas y otros grupos que conforman la ciudadanía hondureña, que han estado excluidos de este derecho: El derecho a informar, a buscar información y a difundir la información.
El Relator sobre Libertad de Expresión abogó por la diversidad y la pluralidad, por la libertad de pensamiento y por la libertad de expresión, como baluartes de la democracia.
La censura y la autocensura
La censura previa y la autocensura privan en los medios de comunicación y en programas independientes en donde periodistas que han comprado un espacio para difundir sus informaciones se han visto advertidos por parte de los propietarios de los medios de que no pueden referirse en forma crítica o negativamente contra determinados personajes de la vida nacional o de los gobiernos de turno, so pena de enfrentar la clausura del contrato por arrendamiento del espacio.
Con respecto a las amenazas en el ejercicio de la profesión, Ricardo Zelaya, ex reportero de la cadena Radio América señaló que en Honduras no hay mucha libertad de expresión porque en ocasiones, en los propios medios de comunicación no se respeta la libertad de expresión.
“Los mismos directores de los medios de comunicación no la respetan, cuando un periodista investiga determinada nota, sea positiva o negativa, o sea una nota social, no le dan la suficiente importancia, pero en muchas ocasiones les interesa más una nota roja o una nota política, en vez de ayudar a otras personas”, comentó.
Zelaya indicó que muchas veces él tuvo una nota que pudo vender mejor la imagen del propio país, pero “les interesa (a los directores o coordinadores de prensa) otra nota, les interesa más la sangre, entonces estamos llevando al pueblo con esa psicosis de sangre, que llevar notas positivas o notas investigativas”.
“En mi trabajo hubo autocensura, y lo que pasó fue que cuando alguien no te pasa una noticia, te censura, eso te motiva a sacar más noticias, a ser más creativo y buscar la manera de transmitirla, y cuando vos escuchás tu nota, después de un trabajo duro en la calle, tu nota sale al aire vos te alegras, se alegra tu familia”, explicó el periodista.
Zelaya reiteró que a pesar de ello, “sí hay censura, incluso en la radio que me yo tanto agradezco y que me dio la oportunidad, radio América, que me dio la oportunidad de ejercer mi profesión y de agarrar experiencia, pero ahí la censura la hacen los directores de los medios de comunicación”.
El periodista también señaló que en varias ocasiones se autocensuró en aras de proteger su integridad personal, su propia vida. “En una ocasión lo hice cubriendo temas como el militar, tema político e incluso tuve temor hasta de salir o volver a tocar el tema hasta determinado tiempo para no poner en peligro la vida de mis hijas y de mi esposa y mi propia integridad”.
Ricardo Zelaya laboró para radio Reloj, Radio Globo y radio Comayaguela, en donde realizó el trabajo periodístico de una forma independiente, y citó: “Cuando usted tiene publicidad del estado usted no puede trabajar como usted quiere, yo fui prensa independiente y hay que buscar otras alternativas de financiamiento”.
No en vano los expertos consideran que la publicidad oficial es utilizada como mecanismo de control de la agenda informativa por parte de los distintos gobiernos.(“Entre la Censura y la discriminación” 2014.)
Frente a las amenazas, hostigamientos y seguimientos de que son víctimas los periodistas, comunicadores sociales, fotógrafos, documentalistas, entre otros, las Naciones Unidas recomendaron a Honduras en 2010 que debe “garantizar la libertad de expresión, en particular mediante la lucha contra los ataques contra los periodistas y la garantía de que los periodistas, formadores de opinión y miembros de la oposición política son libres de expresar sus puntos de vista”.
Además durante el Examen Periódico Universal de ese año, las Naciones Unidas instaron al estado de Honduras a que “tome todas las medidas necesarias para proteger la libertad de expresión, en particular velando por que los periodistas y miembros de la oposición política son capaces de expresar sus opiniones sin temor a la intimidación, y por investigar y llevar ante la justicia a los responsables de actos de violencia contra periodistas”.
El Examen Periódico Universal de 2015 también incluye esta recomendación y lo expresa de esta manera: “Asegurar la libertad de expresión y tomar pasos para eliminar las amenazas y ataques contra periodistas y defensores de derechos humanos, incluyendo defensores de la comunidad LGBTI.
Por otra parte el estado de Honduras cuenta con una Ley de Acceso a la Información Pública que actúa más bajo principios de extrema reserva que como facilitador de la información de la actividad gubernamental.
Para citar un ejemplo, según esta ley, los hondureños y hondureñas no podemos conocer cómo se invierte el presupuesto de la Policía Nacional (PN) o las Fuerzas Armadas (FFAA) ya que el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) ha catalogado dicha información como “reservada” o “ultra secreta”.
Para terminar de construir un cerco impenetrable a la información pública, antes de las elecciones de 2013, el Congreso Nacional aprobó un paquete de medidas involutivas a la libertad de información al crear una Ley de Secretos Oficiales que permite encriptar la información pública, lo que hace inútiles las solicitudes que se presentan ante el IAIP.
Otra medida restrictiva vigente y aprobada en diciembre de 2013, es una reforma a la Ley Marco de las Telecomunicaciones, en la cual el Estado puede controlar las identificaciones personales públicas y privadas de los usuarios de internet e inclusiveintervenir las comunicaciones privadas.
La ONU demanda investigar muertes de periodistas
Por último, pero no menos importante, se encuentra la situación de 42 asesinatos de periodistas y comunicadores sociales, de la cual el Examen Periódico Universal 2015, recomienda al estado de Honduras:
“Adoptar nuevas medidas para la investigación efectiva, el enjuiciamiento y el castigo de los crímenes de odio contra las personas LGBTI y mujeres, incluyendo los feminicidios, así como crímenes contra defensores de derechos humanos, periodistas, operadores de justicia y miembros de la comunidad campesina en el Bajo Aguán”.
El Congreso Nacional aprobó este año la Ley de Protección para Periodistas, comunicadores sociales, operadores de justicia y defensores de derechos humanos. Al respecto las Naciones Unidas recomendaron este mismo año lo siguiente: “Que para la implementación de la nueva ley de protección a defensores de derechos humanos, periodistas, comunicadores sociales y operadores de justicia se asignen recursos suficientes, sin que sea necesario recurrir a contribuciones de la sociedad civil.
“ Implementar la nueva ley (sobre la protección de los defensores de derechos humanos, periodistas, comunicadores sociales y operadores de justicia) a través de proceso amplio de consulta y participación con la sociedad civil”.
Y “mejorar la eficacia de la prevención, investigación y persecución de todas las formas de ataques contra defensores de derechos humanos, periodistas, abogados y jueces con el fin de reducir su incidencia y para hacer frente a la impunidad de estos crímenes”.
El Examen Periódico Universal 2015, instó nuevamente al igual que en 2010, a adoptar medidas eficaces para garantizar el derecho a la vida y a la integridad física de los periodistas hondureños, así como el ejercicio de la libertad de expresión, de adoptar todas las medidas posibles para llevar a cabo investigaciones con el fin de acabar con la impunidad por el asesinato de periodistas.
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