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Estos son los antecedentes de quienes la MUD pide la libertad para entonces dialogar con el Gobierno

EL SECRETARIO EJECUTIVO DE LA MESA DE LA UNIDAD DEMOCRÁTICA (MUD), RAMÓN GUILLERMO AVELEDO

Ante las acciones violentas registradas en el país desde mediados de febrero de este año, orientadas y dirigidas por elementos de la oposición, entre ellos María Machado y Leopoldo López, el presidente de la República, Nicolás Maduro, ha convocado reiteradamente a la vocería de la derecha a que participe del diálogo como vía idónea para alcanzar la paz.

El llamado, efectuado en diversas oportunidades, lo ha extendido a todos los sectores del país, especialmente a los miembros de los partidos y dirigentes políticos que adversan al Gobierno Bolivariano. Sin embargo, ante ello, la respuesta de los aludidos ha estado permeada siempre de constantes condiciones. Una de ellas, la libertad a quienes consideran "presos políticos".

Para este martes, como consecuencia del encuentro desarrollado ayer de forma separada entre el Jefe de Estado, los cancilleres de Unasur y delegados opositores, se prevee que éstos últimos puedan finalmente sentarse con el primer mandatario, a sugerencia ahora de la delegación suramericana.

El encuentro, no obstante, podría depender en buena medida de la insistencia derechista sobre el tema antes citado, por lo que muy bien valdría la pena preguntarse quiénes son Leopoldo López e Iván Simonovis, principales beneficiarios de una posible medida de excarcelación.

López fue detenido el 18 de marzo pasado, después de que fuera conminado por el Presidente Obrero a presentarse ante la justicia. Para entonces ya era requerido por el Ministerio Público tras dirigir el 12 de febrero hechos de violencia en el centro de Caracas en los que resultaron muertas dos personas y atacadas instituciones del Estado, incluyendo la sede central de la propia Fiscalía. 

Aún privado de libertad, fue acusado por los delitos de instigación pública, daños a la propiedad en grado de determinador, incendio en grado de determinador y asociación para delinquir, como informó el pasado viernes 4 de abril la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz.

Leopoldo López es hijo de Antonieta Mendoza de López, quien fuera Gerente de Asuntos Públicos de la División Servicios de PDVSA, Petróleo y Gas S.A, imputada por el Ministerio Público, en marzo de 2013, por la presunta comisión del delito de peculado doloso con ocasión a las presuntas irregularidades en dos donaciones efectuadas por la empresa estatal Petróleos de Venezuela Sociedad Anónima (Pdvsa) en fechas 11 de septiembre y 23 de diciembre de 1998, a la Asociación Civil Primero Justicia (ACPJ), organización génesis del partido que luego tendría el mismo nombre.

Dicho suceso generó consecuencias directas sobre Leopoldo López, toda vez que al resultar favorecido -vía tráfico de influencia-con la "donación" de setenta millones setenta mil bolívares (Bs 70.070.000,00) para ser invertidos en la ACPJ fue imputado recibiendo una sanción administrativa por tres años a partir de 2008.

Sobre López también pesa una segunda sanción del mismo tipo que se extiende hasta 2014, luego de que en noviembre de 2004 declarara irregularmente un desvío parcial de fondos, de más de 2 mil 743 millones de bolívares de los créditos presupuestarios asignados a la partida denominada “Transferencias de capital a Entidades Federales”.

 Ello ocurrió durante el ejercicio fiscal del año 2002, cuando entonces ejercía responsabilidades como alcalde del municipio Chacao.

Vínculos con la violencia 

La historia de López no se desmarca de la violencia. El 11 de abril de 2002 figuró entre quienes encabezó la marcha de oposición al Palacio de Miraflores, en Caracas, que provocó la muerte de 19 personas, propició el golpe de Estado y el secuestro del entonces presidente Hugo Chávez.

Al día siguiente participó en la persecución y detención ilegal del entonces ministro de Interior y Justicia, Ramón Rodríguez Chacín. Sin embargo, la causa judicial en su contra por estos hechos cesó en diciembre del 2007, gracias a una amnistía otorgada por el propio presidente Chávez.

Este año lideró acciones desestabilizadoras en el país a través de las llamadas "guarimbas". La estrategia consiste en atentar de manera violenta y sistemática contra la paz y tranquilidad pública y provocar una actuación "represiva" de las fuerzas del Estado, para incentivar una sublevación cívico-militar, deslegitimar al Gobierno y forzar una intervención extranjera.

Actualmente, se encuentra detenido en Ramo Verde, en Los Teques, estado Miranda.

Su llamado a la violencia ha dejado un saldo de 39 personas asesinadas, 31 de ellos son civiles y el resto funcionarios policiales, militares y uno del Ministerio Público (MP). Igualmente, se registran 608 lesionados, de los cuales 414 son civiles y 194 policías o militares, además de daños materiales a la Nación y al propiedad privada.

El caso Simonovis

La libertad plena de Iván Simonovis -quien cumple, desde 2009, sentencia de 30 años por delitos de lesa humanidad-también forma parte del menú de condiciones de dirigentes de la ultraderecha venezolana para entablar un diálogo con el Ejecutivo Nacional.

En 2002, Simonovis era secretario de Seguridad de la Alcaldía Metropolitana de Caracas a cargo del prófugo Alfredo Peña. Entre sus funciones se encontraba el manejo de la Policía Metropolitana, PM, cuerpo de seguridad involucrado en la masacre de Puente Llaguno, ocurrida durante el golpe de Estado registrado en abril de este año.

Simonovis, al igual que los ex comisarios Lázaro Forero, Henri Vivas y ocho funcionarios de menor jerarquía de la PM, fueron condenados el 3 de abril de 2009 a 30 años de prisión por los delitos de homicidio calificado, consumado, frustrado, en grado de tentativa, lesiones gravísimas, graves, menos graves, uso indebido de arma de fuego y de guerra.

Los exalcaldes guarimberos

Otros actores de la violencia, también centro de la justicia, son los ex alcalde de San Cristóbal, Daniel Ceballos, y del municipio San Diego del estado Carabobo, Vicenzo Scarano. Ambos fueron detenidos por desacatar el amparo constitucional que los obligaba a impedir guarimbas en sus respectivas jurisdicciones.

Ceballos cumple pena de 12 meses de prisión por negarse a garantizar el orden público y la paz. Incluso aupó públicamente las acciones de los grupos violentos en el municipio tachirense que estuvo bajo su mandato.

La decisión sobre él, tomada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, se aplica de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, que establece prisión entre seis y 15 meses para quien incumpla un amparo constitucional.

Vicenzo Scarano, por su parte, fue condenado a 10 meses de prisión por haber desacatado de igual manera la sentencia de la Sala Constitucional que le ordenaba emprender las acciones necesarias para evitar la colocación de barricadas en la jurisdicción.

http://www.aporrea.org/oposicion/n248676.html

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