Pablo Gonzalez

La verdad se impuso en caso de Payá Sardiñas



Acciones sucias fueron ejecutadas por Ofelia Acevedo y Rosa María Payá Acevedo, viuda e hija del difunto contrarrevolucionario Oswaldo Payá Sardiñas, quien perdiera la vida a causa de la irresponsabilidad del español Ángel Carromero, al conducir a exceso de velocidad el auto en que viajaban por carreteras cubanas repartiéndole dinero del Partido Popular a varios asalariados cubanos.

Todos conocían que las autoridades cubanas demostraron totalmente la culpabilidad del líder de las juventudes del Partido Popular y que las denuncias de Ofelia y Rosa María respondían a las orientaciones de los norteamericanos para denigrar a las autoridades cubanas, como parte de las campañas mediáticas organizadas desde hace medio siglo contra la Revolución.

Triste papel para el que ambas se prestaron, sin importarle los sentimientos por la pérdida del ser querido. Para ellas la obtención de la visa como refugiadas políticas del gobierno norteamericano resultaba más atractiva e importante.

Varios fueron los países a los que fueron enviadas por los norteamericanos, en busca de apoyo a sus mentiras, incluido el parlamento europeo que demostró una vez su servilismo a las orientaciones emanadas desde Washington.

 Miles de dólares gastados a costa de los contribuyentes norteamericanos para lograr sus propósitos subversivos contra Cuba.


Pero la verdad se impuso y las mentiras no pudieron comprar la ética de profesionales al servicio de la justicia. Por esa razón el pasado 27-02-2014, la Audiencia Nacional de España confirmó la decisión del juez Eloy Velasco, de no investigar la muerte del cubano Oswaldo Payá, que se produjo el 22 de julio de 2012.

El dictamen consideró inverosímil el relato de la viuda y la hija del fallecido, que atribuyeron el accidente que sufrió a una persecución política, ni estar acompañado de elementos que le doten del grado de credibilidad suficiente para poder confrontarse con un mínimo de éxito, con la sentencia dictada el 12 de octubre de 2012 por el Tribunal Provincial de Granma, de la República de Cuba, que condenó a Carromero a cuatro años de cárcel por doble homicidio imprudente, decisión avalada por los magistrados Concepción Espejel, Ángel Hurtado y José Ricardo de Prada.

¿Qué dirá ahora el Parlamento europeo y la Casa Blanca que estimularon y financiaron la campaña contra Cuba?

Ofelia y Rosa María quedaron como dos mentirosas y por tanto pudieran ahora enfrentarse a la tribunales cubanos por Denuncia o Acusación Falsa, delito recogido en el artículo 154 del Código Penal cubano, sancionado a privación de libertad de 6 meses a 2 años, o multas de 200 a 500 cuotas, o por el artículo 204 que versa sobre la Difamación de las Instituciones de la República, con un marco sancionador de privación de libertad de 3 meses a un año o multa de hasta 100 cuotas, tal y como firmamos en un artículo publicado en abril del 2013.

En todo esto se confirma el pensamiento martiano que dice:

“El que nada quiere para sí, dirá siempre la verdad”

Related Posts

Subscribe Our Newsletter