El servicio de la deuda crea servidumbre
La inversión extranjera directa y las tripas de la abuela
En base a datos oficiales, el economista Héctor Giuliano calculó la deuda externa argentina de la administración central (sin las cuentas previsionales, ni de las empresas estatales ni de las provincias) al 31 de marzo pasado en 338.000 millones de dólares.
Como las provincias están endeudadas en aproximadamente en 30.000 millones de dólares y el Banco Central tiene una deuda de 87.000 millones de dólares, la deuda externa argentina sin contar lo reclamado judicialmente por los Hold Outs, ronda los 450.000 millones de dólares. No viene al caso debatir cual es su momnto exacto. Está claro que es impagable, lo que revela que su finalidad ni es monetaria.
El objetivo de la deuda no es obtener más dinero sino más servidumbre, más obediencia, sometimiento. Para reforzar la posición dominante del acreedor, para lograr que el deudor esté imposibilitado de cumplir, para avanzar así sobre su patrimonio. Es lo que se llama desposesión.
Piense en algún pariente, amigo o conocido que convirtió su deuda en algún bien concreto, que fue desposeído de un objeto material como parte de pago. A los países les pasa lo mismo.
Con aquellos niveles de endeudamiento hasta el solo pago de intereses se vuelve imposible. Entonces aumenta el riesgo país, los capitales se retiran, aumenta aun más el riesgo país y se contrae más deuda con intereses más caros.
Es un círculo perverso, adictivo. Es lo que le hacen las tarjetas de crédito a sus usuarios, que muchas veces terminan pidiendo un crédito para pagar interes… a los que se sumarán seguidamente los intereses del préstamo.
La trampa de la deuda es que quien pide prestado cada vez es más débil. Argentina es un país debilitado.
Así como el acreedor se lleva el televisor de la casa de quien no salda sus deudas, los acreedores de la deuda externa argentina (que dicho sea de paso, todavía no se sabe quiénes son) pasarán a llevarse del país las cosas que consideren interesantes.
En los años ’90 del siglo pasado, con Carlos Menem de Presidente, se llevaron las empresas del Estado (los trenes, Aguas Argentinas, YPF, Entel, empresas eléctricas, del gas, el correo, Aerolíneas Argentinas y los fondos de pensión traspasados a las AFJP), empresas que le habían costado al pueblo argentino más 50 años de esfuerzos y mantenimientos. «Se llevan las joyas de la abuela», se dijo entonces.
Hoy esta súper-mega no se podrá pagar. ¿Y qué se van a llevar? Las tripas de la abuela: nuestros recursos naturales.
Como en Grecia
En términos de endeudamiento el único caso comparable con el argentino es el de Grecia. ¿Se acuerdan? Había un gobierno de centro-izquierda, que no iba a pagar, se convocó a un referéndum, el pueblo dijo no pagamos nada y el presidente fue y pagó.
Alexis Tsipras se cagó en sus votantes y en sus propios dichos. Y pagó. ¿Cómo pagó? Puso en venta más de 1200 islas, para conseguir 54.139 millones de dólares y poder pagar la deuda contraída entre 2009 y 2012. La isla Omfori cuesta 61,9 millones de dólares, Dulichium 49,5 millones de dólares, mientras que Aegean la vendieron por 43,3 millones de dólares. Todas ubicadas ubicadas en el Mar Jónico.
Y ofrece un catálogo con otras once islas más baratas, por las que que obtuvo 3.248.000 millones de dólares. Los acreedors se quedaron con Islas, puertos y aeropuertos. Pero no alcanzó y Grecia sigue endeudada. Fueron capitales alemanes, de la potencia dominante en la eurozona, los que se quedaron con la mayor parte del botín.
El mar argentino no es mas que un dibujo sin una Armada que lo patrulle y resguarde.
Zonas de Seguridad Nacional
Allá por los años 60’ de rebeldías, pantalones Oxford y la Alianza para el Progreso, el dictador Juan Carlos Onganía reformó una ley central para la Defensa Nacional, la Ley 15.385 de 1944, que llevaba las firmas del entonces presidente de facto, el general Edelmiro Farrell, el vicepresidente y ministro de Guerra, Juan Domingo Perón, Luis C. Perlinger, César Ameghino, Orlando Peluffo, Alberto Teisaire, Alberto Baldrich, Juan Pistarini y Diego I. Mason. Básicamente, esa ley estableció Zonas de Seguridad Nacional en las que no podían radicarse empresas extranjeras y donde las que ya estaban podían ser expropiadas si así lo consideraba la Comisión Nacional de Defensa. Esas ZSN eran las que se encontraban hasta a 50 km desde el limite marítimo (línea base) hacia el continente y hasta 100 km en los límites territoriales terrestres.
Entonces la Defensa Nacional estaba por encima de los intereses privados. Y las fronteras eran temas centrales para la Defensa Nacional.
Ley 15.385 de 1944 – TEXTO ORIGINAL decreto
CREACION DE ZONAS DE SEGURIDAD NACIONAL
Art. 4.° – Declárase de conveniencia nacional que los bienes ubicados en las zonas de seguridad pertenezcan a ciudadanos argentinos nativos.
El Poder Ejecutivo podrá declarar de utilidad pública y expropiar los bienes que considere necesarios, como también dictar normas en el futuro respecto a los mismos, a propuesta del Consejo de Defensa Nacional.
Igualmente podrá exigir que la venta, transferencia o locación de los bienes situados en ciertas zonas de seguridad de fronteras, no se realice sin obtener antes la conformidad de la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad Nacional respecto a la persona del adquirente o locatario.
Art. 9.° – Dentro de las zonas de seguridad, las autoridades nacionales, provinciales y municipales no podrán otorgar concesiones para la explotación de servicios públicos, vías de comunicación, establecimientos mineros e industrias metalúgicas y químicas, sin recabar previamente la autorización del Consejo de Defensa Nacional, cuya Comisión Nacional de Zonas de Seguridad prestará su conformidad a la libre implantación o establecerá los recaudos y condiciones que será menester salvaguardar al otorgar el correspondiente permiso o concesión, en defensa de las finalidades militares que interesan a la zona.
Como puede apreciarse, con el clima aun tenso de la Segunda Guerra Mundial, se podía llegar a la expropiación si la Comisión de Defensa Nacional indicaba que en las zonas de fronteras se habían radicado emprendimientos que lesionaban nuestra soberanía. Onganía lo que hizo fue desnaturalizarla. Lo hizo vinculando de modo poco claro la Comisión Nacional de Defensa (cuyo objetivo es la Defensa) a la Comisión Nacional de Desarrollo (CONADE), que autorizaba la radicación de inversiones extranjeras tal como habían propuesto Arturo Frondizi y Rogelio Frigerio. El objetio era recibir los dólares repartidos por la Alianza para el Progreso auspiciada por Estados Unidos.
Al juntar la Comisión de Defensa Nacional con la CONADE se sugeria que la defensa dependía del desarrollo, sin aclarar de donde provendría tal “desarrollo”. De hecho, tácitamente lo propugnaba como producto de las inversiones extranjeras.
1970 – ONGANIA-IMAZ
DECRETO REGLAMENTARIO DE LA LEY 18.575
SOBRE ZONAS Y AREAS DE FRONTERA.
DECRETO NACIONAL 468/1970
BUENOS AIRES, 30 de Enero de 1970
Boletín Oficial, 3 de Febrero de 1970
ART. 5.- El Consejo Nacional de Seguridad intervendrá asistiendo al Poder Ejecutivo en las tareas determinadas por el art. 4 del presente decreto.
ART. 6.- El Consejo Nacional de Desarrollo intervendrá en las tareas emergentes del inc. d) del art. 4 del presente decreto.
e) Elaborar los programas de cooperación internacional en materia económica y técnica en función del desarrollo.
¿Qué proponía la CONADE (Comisión Nacional de Desarrollo)?
DECRETO N° 7.290 Bs. As., 23/8/61
FRONDIZI. — Roberto T. Alemann
CONSIDERANDO:
Que el objetivo fundamental de la política del Gobierno Nacional es la promoción del desarrollo económico del país, como condición indispensable para el fortalecimiento de la soberanía nacional para el mejoramiento efectivo del nivel de vida de la población;
Que la política económica desarrollada hasta el presente ha procurado, por una parte, completar la rehabilitación de las condiciones básicas de la economía nacional para reactivar y afianzar el proceso de capitalización y, por la otra, ha puesto en marcha los programas de desarrollo de más alta prioridad, principalmente los relativos a la vigorización del sector agropecuario, a la explotación de los recursos de petróleo y gas natural, al desarrollo de la infraestructura en materia de transportes y energía y al impulso de la actividad industrial mediante el estímulo a una inmensa corriente de inversiones
En 1961 el presidente Kennedy propuso el programa llamado Alianza para el Progreso, para ayudar económica y socialmente a la región a cambio del alineamiento con la Doctrina de Seguridad Nacional. En síntesis: dinero a cambio de soberanía. La Alianza para el Progreso tnía como objetivos explícitos mejorar las condiciones sanitarias, ampliar el acceso a la educación y la vivienda, controlar la inflación e incrementar la productividad.
La llamada Doctrina de la Seguridad Nacional fue un producto de ese mismo pensamiento en el marco de la Guerra Fría, que mantuvo al mundo dividido en dos campos antagónicos. Fue ideada por los sucesivos gobiernos de los Estados Unidos y puesta en práctica mediante el entrenamiento de los distintos ejércitos latinoamericanos en la Escuela de las Américas (en la zona del canal de Panamá) en respaldo a las dictaduras que se habían hecho con el poder enla mayoría de los países de la región.
La Inversión extranjera en zonas de frontera
Hoy Argentina limita en los Andes con Canadá y hacia el mar con Reino Unido. Esos son nuestros “vecinos”.
La cordillera de los Andes está siendo saqueada por mineras. Sobre todo canadienses, pero también chinas y estadounideneses que derrochan grandes cantidades de agua, contaminan nuestros ríos y con una declaración jurada berreta dicen qué es lo que se llevan en miles de conteiners.
Como si Ud. declarase en un papelito lo que se lleva del supermercado sin que nadie lo revisara.
Nuestro litoral marítimo y plataforma submarino se encuentran subsumidos a la base militar de la OTAN que el Reino Unido administra en nuestras Islas Malvinas. La riqueza ictícola y petrolera que abunda en el fondo de nuestro mar se comercializa en todo el mundo sin pedirnos permiso y sin ue nos reporte un centavo.
Argentina limita con Canadá hacia el oeste y con Reino Unido hacia el este. Así están las cosas. Por dejar que las zonas de frontera se «desarrollen».
Coincidencia fatal
La Inversión extranjera es el dispositivo por el cual se puede materializar la deuda. Esa inmensa cantidad de miles de millones de dólares no sirven para nada, no son ni siquiera papelitos, son solo archivos, bytes en cuentas de los discos rígidos de la oligarquía financiera internacional.
Pero cuando esos montos de deuda se convierten en bienes concretos, en empresas del Estado, en minerales, en lagos, en montañas enteras, a lo que estamos asistiendo es a un proceso de enajenación del territorio argentino sin haber disparado ni un solo tiro. «Nos van a sacar las cosas por teléfono», advirtió Perón hace 66 años. Es un proceso de ocupación territorial a través de inversiones extranjeras. Y lo más triste es que en el grito desesperado de “inversiones ya” suelen coincidir tirios y troyanos, casi todo el arco ideológico. La llamada clase política, sea que le toque jugar de oficialista o de opositora.
Macri es peor:
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Decreto 253/2018
Zonas de Seguridad de Fronteras. Apruébase Cartografía Oficial. Facultades.
Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2018
CONSIDERANDO:
Que el Decreto-Ley Nº 15.385/44 y su modificatoria, crea la Zona de Seguridad de Fronteras como una franja de territorio adyacente al límite internacional donde el Estado Nacional es responsable de coordinar políticas públicas de seguridad y defensa.
Que en consecuencia con lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario reconsiderar y modificar la Zona de Seguridad de Fronteras de acuerdo con criterios actuales para la lucha contra el narcotráfico, la trata de personas, el contrabando y otros delitos trasnacionales.
Que resulta práctico y aconsejable mantener unificados los límites de la Zona de Frontera para el Desarrollo y de la Zona de Seguridad de Fronteras, por cuanto se trata de DOS (2) jurisdicciones donde se desarrollan acciones concurrentes a un mismo fin.
Que el tiempo transcurrido desde el dictado de las normas vigentes en la materia, los cambios estructurales producidos en la organización administrativa y en las referencias geográficas anteriormente utilizadas, la modificación del trazado de las principales rutas nacionales y la experiencia recogida, hacen imprescindible una nueva reorganización geográfica, así como una actualización de los organismos estatales involucrados en el Desarrollo y Seguridad de Fronteras.
Que por Decreto N°15/16 se creó la entonces SECRETARÍA DE FRONTERAS, atribuyéndole entre sus competencias la de asegurar la presencia efectiva del ESTADO NACIONAL en toda la Zona de Seguridad de Fronteras y asistir al MINISTERIO DE SEGURIDAD en todo lo concerniente a la seguridad de fronteras.
Que por Decreto N° 27/17 se constituyó a la entonces SECRETARÍA DE FRONTERAS del MINISTERIO DE SEGURIDAD como órgano de trabajo de la COMISIÓN NACIONAL DE ZONAS DE SEGURIDAD, ordenándole a esta última presentar una revisión del alcance geográfico de la Zona de Seguridad de Fronteras estipulado por el Decreto Nº 887/94.
Que los cambios institucionales operados obligan a otorgar al MINISTERIO DE SEGURIDAD la facultad de excluir a determinados centros urbanos ubicados en la Zona de Seguridad de Fronteras, del ejercicio de policía de radicación que establece el Decreto-Ley Nº 15.385/44 y su modificatoria, ratificado por la Ley Nº 12.913, modificado por Ley Nº 23.554.
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Determínase que la superficie de la Zona de Seguridad de Fronteras creada por el Decreto-Ley Nº 15.385/44 y su modificatoria, en el ámbito del espacio fronterizo nacional será el determinado según las características y definición geográfica establecido en el ANEXO I (IF-2018-12720620-APN-UCG#MSG), que forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 2°.- La Zona de Frontera para el Desarrollo establecida por la Ley Nº 18.575 mantendrá la misma determinación geográfica que la Zona de Seguridad de Fronteras terrestre.
ARTÍCULO 5°.- Facúltase al MINISTERIO DE SEGURIDAD a excluir a determinados centros urbanos ubicados en Zona de Seguridad de Fronteras del ejercicio de policía de radicación que establece el Decreto Ley Nº 15.385/44 y su modificatoria.
En concreto, con Macri las fronteras no son más un tema de Defensa Nacional sino que pasaron al ámbito un tanto abstracto y generalizado de la Seguridad. Ya ni siquiera se la llama Seguridad Nacional, tan solo Seguridad.
De aquel decreto de 1944 estableciendo la Defensa Nacional en las Zonas de Frontera solo quedan despojos.
¿Qué es lo que esconde esta deliberada confusión entre Defensa y Seguridad?
Básicamente si en nuestras fronteras intervienen militares o policías, más allá de que las transnacionales extractivas que se instalan en zonas de frontera suelen desplegar fuerzas de seguridad privada de élite. ¿Puede imaginarse a la policía tratando de convencer a una empresa extranjera de evacuar la zona porque así lo ordena el Poder Ejecutivo Nacional? ¿O más bien la imagina reprimiendo a quienes se manifiesten en contra de su presencia y abusos?
Es por eso que Macri plantea que las zonas de frontera pasen a depender del Ministerio de Seguridad y no del Ministerio de Defensa. Así debilita cualquier intento soberano de recuperar su control. Las pasa al ámbito de «la seguridad» cuando son claramente objeto de la defensa nacional.
Y si son los mismos pueblos de frontera los que se oponen a la radicación de estas empresas extranjeras, el artículo de Burlich-Macri es claro: excluir a determinados centros urbanos del ejercicio de policía de radicación.
Como ya se ha visto con claridad en Bolivia, deben ser los militares los que intervengan en la recuperación de nuestros recursos naturales.
El aumento de fuerzas de seguridad en las zonas de frontera es para reprimir a los manifestantes que se opongan a la radicación de las empresas trasnacionales.
El riesgo de la inversión extranjera
Mauricio Macri puso a los recursos naturales, a nuestro territorio con sus riquezas minerales, como garantía de los 20.000 millones de dólares que pidió prestados. Los excluyó de la inmunidad soberana (artículo 236 del Código Civil). Puso a nuestro oro, plata, zinc, cobre, aluminio, estaño, níquel, tierras raras y todas nuestras riquezas naturales como garantía del pago de la deuda. Es imperioso preguntarse por “el cómo” se llevaran esas riquezas naturales de nuestro territorio.
El mecanismo concreto por el cual se apropiarán las grandes empresas transnacionales de nuestras riquezas minerales se llama Inversión extranjera directa.
El Código Nacional de Inversiones no ha sido modificado en la Década Ganada, menos aun con el gobierno de Mauricio Macri y rige desde los tiempos de Carlos Saúl Menem.
Llamarlo laxo sería un halago. Es pornográfico.
Pueden invertir, llevársela como quieran, en la cantidad que quieran y cuando quieran. No ha sido modificado en lo más mínimo y nadie ha mencionado el tema.
Tenemos hoy en la Argentina el Código de Inversiones del menemismo y la Ley de Entidades Financieras de la última dictadura cívico-militar.
Una ley para que la timba financiera se la pueda llevar toda, y otra ley para que los grupos económicos puedan saquear los recursos naturales del país sin dar explicaciones.
Esos dos andamiajes jurídicos constituyen el plexo legal de la dependencia.
La falsa dicotomía entre capital financiero Vs. capital productivo esconde que los grupos económicos comen de las dos manos. Bancos y transnacionales extractivas operan de consuno hace muchos años.
Identificar al enemigo solo en el capital financiero especulativo es o muy inocente, producto de un déficit ideológico en la formación de los dirigentes o simplemente una traición. Una sutil maniobra para camuflar al gran capital monopólico.
No son solo los bancos. Son también las empresas trasnacionales las que nos saquean. Eludir el tema es traicionar la soberanía nacional.
El supuesto “capital productivo” que se vende con pomposos discursos como “industria nacional”, no es más que industria “local” , radicada en el país, no orientada a la grandeza nacional, sino aprovechada por el capital transnacional para facilitar el saqueo.
Esa inversión extranjera es para extranjerizar nuestro territorio, contaminar nuestro hábitat y derrochar nuestra agua.
La entrega se justifica por algunos puestos de trabajo. Para barrer las oficinas del amo extranjero.
El neoliberalismo no solo es financiero. También es extractivo. Vigentes el Código Nacional de Inversiones, la Ley de Minería del menemismo y la Ley de Entidades Financieras de la dictadura genocida, sin objetarlo, reivindicar la memoria de los desaparecidos o proclamarse continuadores de la lucha piquetera contra el menemismo huele a hipocresía.
Los años pasan rápido y estos temas nunca aparecen en agenda. ¿No habrá llegado el momento de debatirlos?
POR GUSTAVO KOENING* / ECOPERONISMO
* Sociólogo UBA, maestrando en Defensa Nacional – UNDEF
http://pajarorojo.com.ar/?p=44193