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Lo que Usted debe saber acerca de la Acción Ejecutiva sobre Inmigración


Solo beneficiará a padres indocumentados de ciudadanos y residentes permanentes, que vivan en EE.UU. desde el 2010; a los indocumentados que están viviendo en EE.UU. y sean hijos e hijas de ciudadanos, o cónyuge, hijos o hijas de residentes permanentes legales; y ampliará el programa de Acción Diferida (DACA) para los Soñadores. Más de 6 millones quedan por fuera.

Redacción LTH

El 20 de noviembre de 2014, el Presidente anunció una serie de acciones ejecutivas para otorgar a ciertos inmigrantes indocumentados una legalización temporal, sí cumplen con ciertos requisitos y aprueben una verificación de antecedentes penales y paguen contribuciones para poder mantenerse en los Estados Unidos sin miedo a ser deportados. Estas iniciativas incluyen:

A) Ampliar la población elegible al programa de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA, por sus siglas en inglés) para personas jóvenes que llegaron a este país antes de cumplir los 16 años de edad y que han estado físicamente presentes en el país desde el 1 de enero de 2010 y extender el periodo de DACA y autorización de empleo de dos años a tres años.

B) Permitir que los padres de ciudadanos estadounidenses y de residentes permanentes legales que han estado en el país desde el 1 de enero de 2010 soliciten acción diferida y autorización de empleo por un periodo de tres años, a través de un nuevo programa de Acción Diferida para Responsabilidad de los Padres, siempre y cuando aprueben las verificaciones de antecedentes penales requeridas y cumplan otros criterios.

C) Ampliar el uso de las exenciones provisionales por presencia ilegal para incluir a los cónyuges e hijos e hijas de los residentes permanentes legales y a los hijos e hijas adultos de ciudadanos estadounidenses.

Advertencia importante

Estas iniciativas aún no han sido implementadas y al momento, USCIS no está aceptando actualmente ninguna petición o solicitud. Tenga cuidado con cualquier persona que le ofrezca ayuda para presentar una solicitud o una petición sobre cualquiera de estas acciones antes de que estén disponibles. Usted podría convertirse en víctima de una estafa de inmigración. Suscríbase a esta página para obtener actualizaciones cuando publiquemos nueva información.

Próximos pasos

USCIS y otras agencias y oficinas son responsables de implementar estas iniciativas lo más pronto posible. Algunas iniciativas serán implementadas durante los próximos meses y otras tomarán más tiempo.
Durante los próximos meses, USCIS generará explicaciones detalladas, instrucciones, reglamentaciones y formularios, a medida que sean necesarios. Los siguientes resúmenes breves a continuación ofrecen información básica acerca de cada iniciativa.

Documentos a recopilar

Aunque USCIS no está aceptando peticiones o solicitudes en este momento, si usted entiende que podría ser elegible a una de las iniciativas antes mencionadas, puede prepararse recopilando los documentos que demuestren su:

1) Identidad, principalmente el pasaporte vigente de su país de origen.
2) Relación con un ciudadano estadounidense o residente permanente legal, y
3) Prueba de haber estado viviendo continuamente en los Estados Unidos durante los últimos cinco años o más.

Comparta esta información con sus amigos y familiares. Recuérdeles que la única forma de asegurarse de obtener los datos correctos es obteniéndolos directamente a través de USCIS. Las personas no autorizadas a practicar la ley de inmigración podrían intentar aprovecharse de usted cobrándole una tarifa por presentar formularios a USCIS de parte de usted o diciéndole que pueden proveerle acceso especial o servicios de trámite acelerado que no existen. Para conocer cómo obtener la ayuda migratoria correcta, consulte el enlace Evite Estafas.

Los detalles de cada programa

A continuación encontrará resúmenes de las principales iniciativas planificadas por USCIS, incluyendo: Quién es elegible; Qué hará la iniciativa; y Cuándo puede comenzar a presentar la petición.

1. Programa de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA)

Quién es elegible: Personas que tienen DACA actualmente e interesan renovarla y nuevos solicitantes, incluyendo aquellas personas nacidas antes del 15 de junio de 1981, que cumplen todos los demás criterios de DACA.

Qué hará la iniciativa: Permite a las personas nacidas antes del 15 de junio de 1981, solicitar DACA (eliminando la restricción de edad máxima), siempre y cuando cumplan con todos los demás criterios. Requiere residencia continua en los Estados Unidos desde el 1 de enero de 2010, a diferencia del requisito anterior que era al 15 de junio de 2007. Y amplía el periodo de acción diferida y autorización de empleo a tres años, a diferencia del periodo actual de dos años.

Cuándo puede comenzar a presentar la petición: Aproximadamente 90 días a partir del anuncio del Presidente el 20 de noviembre de 2014, es decir a finales de febrero o principios de marzo del 2015.

2. Acción Diferida para padres de ciudadanos estadounidenses y de residentes permanentes legales (“Deferred Action for Parental Accountability”)

Quién es elegible: Persona sin documentación legal que vive en los Estados Unidos que es padre de un ciudadano estadounidense o de un residente permanente legal y que cumple con todos los criterios enumerados a continuación.

Qué hará la iniciativa: Permite a los padres solicitar acción diferida y autorización de empleo si:
- Han residido continuamente en los Estados Unidos desde el 1 de enero de 2010;

-Son padres de un ciudadano estadounidense o un residente permanente legal que nació en o antes del 20 de noviembre de 2014; y

- No son una prioridad de control migratorio a los efectos de la remoción de Estados Unidos, según dispuesto en el Memorándum sobre Políticas de Aprehensión, Detención y Remoción de Inmigrantes Sin Documentos Legales del 20 de noviembre de 2014.

Tenga presente que USCIS considerará cada petición de Acción Diferida para Responsabilidad de los Padres (DAPA, por sus siglas en inglés) caso por caso. Las prioridades de control migratorio incluyen (pero no están limitadas a) amenazas a la seguridad nacional y seguridad pública.

Cuándo puede comenzar a presentar la petición: Aproximadamente 180 días a partir del anuncio del Presidente el 20 de noviembre de 2014, es decir a finales de febrero o principios de marzo del 2015.

3. Exenciones Provisionales por Presencia Ilegal

Quién es elegible: Personas sin documentación legal que han residido en los Estados Unidos durante al menos 180 días y que son: Hijos e hijas de ciudadanos estadounidenses; Cónyuge, hijos o hijas de residentes permanentes legales.

Qué hará la iniciativa:

a) Amplía el programa de exención provisional por presencia ilegal anunciado en el año 2013 al permitir que los cónyuges, hijos e hijas de residentes permanentes legales e hijos de ciudadanos estadounidenses obtengan una exención si una visa está disponible. Habrá ocasiones en las que el familiar que cualifique no es el peticionario.
b) Clarifica el significado del estándar de “dificultad extrema” que debe ser cumplido para obtener la exención.

Preguntas Claves y Respuestas acerca de la Acción Ejecutiva sobre Inmigración

P1: ¿Cuándo comenzará USCIS a aceptar solicitudes relacionadas con estas iniciativas ejecutivas?

R1: Aunque USCIS no está aceptando solicitudes en este momento, las personas que crean que pueden ser elegibles a una o más de las nuevas iniciativas pueden comenzar a prepararse desde ahora reuniendo documentación que establece factores tales como:

a) Identidad: Relación con un ciudadano estadounidense o residente permanente legal de Estados Unidos; y Residencia continua en los Estados Unidos durante los últimos cinco años o más.

b) USCIS espera comenzar a aceptar solicitudes para:

a) La expansión del programa DACA aproximadamente 90 días a partir del anuncio del Presidente el 20 de noviembre de 2014.

b) La acción diferida para padres de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales de Estados Unidos (Acción Diferida para Responsabilidad de los Padres) aproximadamente 180 días a partir del anuncio del Presidente el 20 de noviembre de 2014.

c) Los demás programas serán implementados luego de que se emitan nuevos criterios y reglamentaciones.

Recuerde: Las personas no autorizadas a practicar la ley de inmigración podrían intentar aprovecharse de usted cobrándole una tarifa por presentar formularios a USCIS de parte de usted o diciéndole que pueden proveerle acceso especial o servicios de trámite acelerado que no existen. Evite ser estafado.

P2: ¿Cuántas personas USCIS espera que soliciten?

R2: Los estimados preliminares muestran que aproximadamente 4.9 millones de personas serían elegibles para las iniciativas anuncias por el Presidente. Sin embargo, no hay forma de predecir con certeza cuántas personas presentarán solicitudes. USCIS tomará las decisiones sobre las solicitudes a base de caso por caso y exhorta a tantas personas como sea posible a considerar estas nuevas iniciativas. Durante los primeros dos años de DACA, aproximadamente el 60 por ciento de las posibles personas elegibles presentaron solicitudes. Sin embargo, debido a las diferencias entre la población elegible para estas iniciativas y DACA, podrían variar los índices actuales de participación.

P3: ¿Habrá fecha límite para las solicitudes?

R3: Las iniciativas no incluyen fechas límite. Sin embargo, USCIS exhorta a todas las personas elegibles que revisen cuidadosamente cada iniciativa y, una vez la iniciativa esté disponible, tomen una decisión tan pronto sea posible sobre si presentarán su solicitud.

P4: ¿Cuánto tiempo tendrán que esperar los solicitantes para obtener una decisión sobre su solicitud?

R5: El plazo para completar esta nueva carga de trabajo pendiente depende de varios factores. USCIS estará trabajando en el proceso de solicitudes de la forma más rápida posible mientras mantiene la integridad del programa y el servicio al cliente. 

Nuestra meta es completar todas las solicitudes recibidas hasta el final del año próximo antes de que finalice el 2016, siendo consistentes con nuestros tiempos de procesamiento para completar la revisión de las solicitudes dentro de aproximadamente un año de haberlas recibido. 

Además, USCIS proporcionará a cada solicitante una notificación de recibo de su solicitud dentro de los 60 días posteriores a la presentación de la solicitud.

http://www.tribunahispanausa.com/inmigracion/lo-que-usted-debe-saber-acerca-de-la-accion-ejecutiva-sobre-inmigracion/

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